LOS CRITERIOS DE CORRECCIÓN EN LAS GRAMÁTICAS
DE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA


Boletín de la Real Academia Española
[BRAE · Tomo XCVII · Cuaderno CCCXVI · Julio-Diciembre de 2017]
http://revistas.rae.es/brae/article/view/206

Resumen: En este artículo se estudian minuciosamente los criterios de corrección utilizados por la Real Academia Española en las ediciones claramente diferentes de su obra gramatical: 1771, 1796, 1854, 1870, 1883, 1911, 1917, el Esbozo de 1973 y la NGLE de 2009. A partir de la elaboración del corpus de estos modelos lingüísticos, se ha analizado, clasificado y descrito cada uno de los criterios empleados, observando su importancia así como su evolución en las obras seleccionadas. Además, se ha examinado la relevancia de estos principios como factores configuradores de la norma del español.

Palabras clave: historia de la Real Academia Española; historia de la Gramática española; criterios de corrección; modelos lingüísticos; norma correcta del español.

CORRECTION CRITERIA IN THE GRAMMARS OF THE REAL ACADEMIA ESPAÑOLA

Abstract: In this paper we carry out a detailed analysis of the correction criteria followed by the Spanish Royal Academy in the hereinafter editions of its Grammar of the Spanish Language: 1771, 1796, 1854, 1870, 1883, 1911, 1917, el Esbozo de 1973 and the NGLE of 2009. For this purpose, a corpus of these linguistic models was compiled. The correction criteria were analyzed, classified and descripted so as to observe their importance and evolution throughout the years. The relevance of these principles as main factors in the configuration of the norm of the Spanish language was also examined.

Key words: history of the Spanish Royal Academy; history of the Spanish Grammar; correction criteria; linguistic models; norm of the Spanish language.


Introducción

Durante mucho tiempo, los estudios de historiografía lingüística en torno a la Real Academia Española se han centrado principalmente en la descripción gramatical de las obras, en el aparato crítico-teórico, frente a las cuestiones relacionadas con la «norma», concepto consustancial a esta institución oficial encargada de velar por la «limpieza, la fijación y la unidad» de la lengua.

Recientemente, se ha comenzado a abordar el concepto de «norma académica», así como los criterios de corrección en los que asienta su uso la Academia, con mayor o menor profundidad dependiendo de los objetivos de cada investigación1.

Autores como Fries2 y Moriyón Mojica3 coinciden en que esta norma se configura a partir del empleo de la lengua de las personas cultas y de los escritores ejemplares. Sin embargo, son muchos los criterios de corrección que se descubren a través de las páginas de las gramáticas académicas; hay una diversidad de factores que se entremezclan en todas las obras a la hora de presentar –describir o prescribir– los asuntos gramaticales. El verdadero interés reside, entonces, en el peso real de estos factores en la constitución del modelo normativo.

Por ello, en esta investigación se analizan pormenorizadamente los criterios de corrección registrados en las gramáticas académicas, concretamente en la parte dedicada a la morfología y a la sintaxis del español. Partiendo del artículo de Gómez Asencio y Garrido Vílchez4, en el que se identifican las ediciones realmente distintas de las gramáticas académicas (1771, 1796, 1854, 1870, 1880, 1904, 1911 y 1917), se han examinado con detalle las publicadas en 1771, 1796, 1854, 1870, 1883 (prácticamente idéntica a la de 1880), 1911 y 1917 (se ha descartado la edición de 1904, puesto que no incluye ninguna novedad normativa con respecto a la anterior y siguiente edición), además del Esbozo de 1973 y la Nueva gramática de la lengua española (NGLE, 2009)5.

La metodología utilizada se ha basado en el registro de todos los criterios de corrección hallados en las obras; se han seleccionado, para el estudio, aquellos que varían de unas ediciones a otras, así como aquellos que se impregnan de un carácter claramente normativo. Se ha analizado la presencia de estas variantes en las gramáticas, atendiendo a los siguientes aspectos:

Este artículo se compone de una parte teórica, en la que se desarrollan observaciones sobre el normativismo y los modelos de corrección en las GRAE (§2 y §3, respectivamente), y de un apartado de análisis del corpus (§4), en el que se aborda minuciosamente cada uno de los criterios que avalan los usos lingüísticos descritos o prescritos en las obras académicas.

Algunas observaciones sobre el normativismo de la Real Academia Española

Entre las cuestiones abordadas en este trabajo, figura el normativismo de la Real Academia Española. ¿Esta Institución, encargada de «limpiar, fijar y unificar» la lengua, transmite realmente a través de sus gramáticas una normativa explícita sobre el español? Por nuestra parte, dado que en esta investigación se analizan los criterios de corrección que aparecen a lo largo de las páginas de las gramáticas académicas, uno de los objetivos es discernir si estos se emplean con una finalidad normativa.

Como recoge Garrido Vílchez6, la gramática se concibe como arte, cuya definición en el Diccionario de Autoridades apela a un sentido claramente «normativo»: «la facultád que prescribe reglas y preceptos para hacer rectamente las cosas» (Diccionario de Autoridades, 1726: 422,2, s.v. arte)7. Por otro lado, ya en los proyectos preparatorios del libro de Gramática los académicos defienden el carácter normativo de la disciplina gramatical.

Sin embargo, frente a esta evidente voluntad preceptiva, en las gramáticas propiamente dichas no hay declaraciones explícitas que apoyen esta actitud consciente de la Academia como autoridad de la lengua. Es más, incluso hay una falta de concreción sobre cuál es el uso que constituye el modelo de corrección. Con todo, con el tiempo, el normativismo de las GRAE parece aumentar, si bien debe enmarcarse en el ámbito de una obra eminentemente didáctica8.

El normativismo en los prólogos

Tras un análisis exhaustivo de las distintas ediciones de la GRAE (desde 1771 hasta 1924), Garrido Vílchez9 llega a las siguientes conclusiones:

  1. GRAE de 1771, 1796 y 1854: de los prólogos de estas obras, siguiendo los trabajos de Gómez Asencio10, se desprende que, por encima del normativismo, lo que importa es el aspecto pedagógico (de enseñanza):

  2. En la GRAE de 1870 (en la parte denominada advertencia), del didactismo inicial de la Academia, se da paso a una aproximación a la reglamentación lingüística: es la corporación oficial encargada de la vigilancia de la lengua (GRAE-1870: pág. xiii). Como confirma Gómez Asencio14, «se palpa un notorio crecimiento de la apreciación del carácter de oficialidad de las obras académicas y, en consonancia con ello, un aumento de la consciencia de ese ingrediente de autoridad y de poder en la redacción del texto gramatical».

  3. En las siguientes ediciones, bien en el apartado de la «advertencia», bien en la «introducción», no aparece alusión alguna a los aspectos normativos. Con todo, el prescriptivismo encuentra su lugar a lo largo de la obra:

A estas observaciones, añadimos lo encontrado en la advertencia del Esbozo (1973) y en el prólogo de la NGLE (2009) en torno al normativismo de dichas obras:

El normativismo en el texto de la gramática

Indudablemente, el grado de normatividad de una gramática no puede valorarse únicamente por lo que se diga en su prólogo; ni siquiera, a veces, por lo que se recoge en los documentos programáticos. La forma más fiable de averiguarlo es el análisis de los textos mismos.

Entre otros estudios, cabe destacar la investigación realizada por el profesor Julio Borrego18, en la que, desde una perspectiva sociolingüística, se analizan exhaustivamente las variantes diatópicas, diastráticas y diafásicas que aparecen en las distintas ediciones de la gramática académica desde la primera (1771) hasta el Esbozo de 1973. De ella, se concluye que no hay un incremento espectacular de las nociones normativas de una gramática a otra, puesto que la finalidad de la Academia (hasta buena parte del xix) se ha basado más en la elaboración de un modelo descriptivo del español que en la construcción de un modelo de lengua, dado el marcado carácter didáctico de enseñanza de la gramática que impregna estas ediciones. En realidad, lo normativo radica en la selección de unos determinados usos y en su descripción.

Por nuestra parte19, vistos los resultados de un trabajo anterior sobre la configuración del modelo normativo propuesto por la RAE a través de sus gramáticas, nos adherimos a la reflexión del profesor Borrego20, al no constatar un incremento creciente de los usos prescriptivos en las gramáticas académicas. El objetivo último es la descripción de la lengua española de la forma más detallada posible, de manera que lo que en las primeras ediciones son sencillas pinceladas de caracterización de los usos, con el tiempo, se convierten en observaciones más minuciosas, a veces más descriptivas, a veces más ligadas a la norma.

En un estudio reciente sobre la NGLE (2009), Moreno Fernández21 comenta que, bajo el lema «el español de todo el mundo», se responde a la realidad policéntrica de la lengua, la cual obliga a una flexibilización de los juicios: por encima de «normativización» (de lo que es correcto y de lo que no lo es) se habla de «recomendación» y de «preferencia».

Los criterios de corrección en las gramáticas académicas

En este apartado se exponen los criterios de corrección que se esgrimen en los textos gramaticales académicos con el objetivo de avalar la descripción de los usos lingüísticos.

A partir de los modelos de lengua presentes en las gramáticas de los Siglos de Oro (antecedentes de la Academia), se reflexiona, concretamente, sobre aquellos incluidos en los prólogos y en los textos de cada GRAE que compone nuestro corpus.

Antecedentes: los siglos xvi y xvii

En los estudios que investigan los criterios de autoridad en las gramáticas de los Siglos de Oro, se perfilan dos modelos básicos: de un lado, el uso de los doctos; del otro, el uso general.

Así, Martínez Gavilán22 diferencia entre una corriente normativa y otra antinormativa. La primera, iniciada por Nebrija, y seguida en el xvii por Juan Villar, instituye como autoridad lingüística al gramático, «que se erige en juez del buen hablar apelando en ocasiones a los doctos para admitir o condenar ciertos usos»23. La segunda, representada por Juan de Valdés, tiene su continuación en Correas, quien defiende a ultranza el uso común, el uso del pueblo, como única fuente de autoridad gramatical.

En el trabajo de Satorre24 se indaga sobre los criterios de corrección empleados por los gramáticos de los siglos xvi y xvii: junto al uso general y el de los doctos –escindido en la lengua de los cortesanos, la de los sabios y eruditos, así como la de los grandes escritores del siglo xvi–, se contempla el uso de una región determinada, generalmente Castilla.

Finalmente, Moriyón Mojica25 recoge una gran diversidad de usos atestiguados en las gramáticas de los Siglos de Oro: «docto», «común», «vulgar», «villano», «bárbaro», «toledano», «erudito», «español», «cortesano», «elegante», «popular», etc. Y del «uso común» como autoridad, señala este autor que, en realidad, en la mayoría de las obras se identifica con un «uso tradicional» (culto, docto o erudito).

El siglo xviii

Con el siglo xviii, la autoridad literaria se afianza como modelo lingüístico. De este modo, Quijada26 corrobora que los autores clásicos se erigen como principales protagonistas del canon gramatical, mientras que los contemporáneos buscan un hueco como estándares lingüísticos, aún de forma vacilante a finales de siglo:

Es a partir de este siglo cuando comienza el acuñamiento y andadura del concepto de autoridades de la lengua castellana, autores consagrados de las letras españolas, denominados por críticos de la época patriarcas o autores clásicos. La creación del canon está en marcha27.

La Real Academia Española

Observa Garrido Vílchez28 la ausencia clara de la concreción del uso que sirve de modelo de corrección en las gramáticas académicas, tanto en la definición de la disciplina como en los preliminares. Se sabe, no obstante, que la tradición clásica representada por Quintiliano es la que guía a los primeros gramáticos de la Academia: un normativismo basado en el uso culto.

Los criterios de corrección en los prólogos

En los estudios realizados por Gómez Asencio29 sobre los prólogos de las gramáticas académicas, se pone de relieve la falta de unos criterios de uso definidos desde el mismo inicio de las obras, con la sola excepción del listado de gramáticos y autores literarios que sirve como fuente de cada obra:

  1. En los prólogos de la GRAE de 1771 y de 1796 no aparece nada sobre los criterios de uso. Únicamente, se señalan tres grandes gramáticos de los Siglos de Oro como fuentes (Nebrija, Jiménez Patón y Correas)30, y se incluye una nómina de autores, todos ellos anteriores a los Reyes Católicos o coetáneos de estos, sin hacer mención alguna a los posteriores al siglo xv31. Esta lista de nombres y obras, más que con una intención de ofrecer un canon de autoridades en la materia, pretende un ensalzamiento de estos autores por parte de la RAE.

  2. En el prólogo de la GRAE de 1854 las fuentes gramaticales de los Siglos de Oro se sustituyen por otras más modernas: Salvá y Bello32, gramáticos del xix, y la gramática académica del xviii. Como criterio de uso, se recomienda el estudio y la observación de los escritores (GRAE-1854: pág. x): «los modelos lingüísticos son los buenos escritores»33, aunque «incluso en los escritores del canon hay usos lingüísticos que, a juicio de los académicos, deben rechazarse»34. Y ya se nombran autores posteriores al siglo xv (fray Luis de Granada, Cervantes, Mariana, Solís, Lope y Rioja); y dos autores del xviii: Moratín y Jovellanos.

  3. En la advertencia de la GRAE de 1870 se elimina el apartado de citación de las fuentes, y desaparece, asimismo, el listado de autores que servían como modelos lingüísticos. La propia Academia se convierte en la única autoridad: «es, en este caso, el criterio del gramático o mejor, el dictamen académico, el único norte que guía a los usuarios»35.

  4. La GRAE de 1880/1883 no dispone ni de prólogo ni de advertencia; y en la advertencia de 1911 no hay ninguna referencia a las fuentes o autoridades utilizadas.

  5. En la advertencia de la GRAE de 1917 la doctrina gramatical de la obra viene avalada por un «mayor número de autoridades de los más eminentes escritores españoles de todas la épocas» (pág. vi). Se trata de una «gramática de autoridades»; con todo, de los escritores más recientes (23 del siglo xix), 19 fueron miembros de la propia Academia: «La Corporación atiende preferentemente a los usos de sus miembros, de modo que los modelos más cercanos en el tiempo que se proponen no son en puridad autores ajenos al RAE; son la propia RAE»36.

  6. En el Esbozo se actualiza la documentación literaria: aparecen ya autores del xx, aunque, si bien en menor proporción, siguen perdurando los de los Siglos de Oro como modelos del uso vivo de la lengua; asimismo, por primera vez, se incluyen los escritores hispanoamericanos37. Según esto, la Academia continúa todavía vinculada con la tradición, pero ya no se encuentra tan asentada en el Siglo de Oro, sino con una mirada más próxima a la lengua actual38.

  7. Finalmente, en la última gramática académica (2009: págs. xliv-xlv), se combinan dos fuentes de datos: por una parte, ejemplos elaborados por los redactores, a partir de la constatación de su uso por un número considerable de hablantes; por otra, ejemplos de textos de diversa índole (hasta de naturaleza oral), fundamentalmente del siglo xx, y que representen las variedades del español. Sin embargo, se siguen incluyendo ejemplos de clásicos antiguos y modernos como un testimonio revelador de la extensión de ciertas construcciones en la lengua culta.

Los criterios de corrección en el texto de la gramática

Es necesario adentrarse en el texto para discernir claramente cuál es el criterio de corrección empleado en estas obras. Con todo, como apunta Borrego39, no se da concreción a los modelos de lengua que se proponen; aunque se confeccionan listas de autoridades, de ellas se extraen los ejemplos para la ilustración de la teoría.

Tanto Fries40 como Moriyón Mojica41 coinciden en admitir que el concepto de «norma» descansa, para la Academia, en el uso de los doctos, esto es, de los eruditos y autores ejemplares:

Estos dos grupos, los escritores ejemplares y las personas cultas, siguen constituyendo, hasta el presente, las categorías fundamentales del componente concreto de la norma de la Academia42.

De un lado, por tanto, la autoridad de las personas cultas: «los que hablan bien» (1771: 73 y 331, 1796: 357, 1854: 174 y 1870: 228), «los que hablan con elegancia y energía» (1796: 356), «las personas doctas» (1854: 177), «las personas cultas» (1796: 327, 1854: 157, 1870: 196, 1880: 236 y 1973: 14), «las personas instruidas» (1854: 149, 1870: 221), «los que hablan con pureza y propiedad» (1796: 327)43.

De otro lado, la autoridad de los escritores, especialmente los clásicos: «los buenos escritores/autores» (1771: 73, 1854: 177, 1917: 256 y 1931: 255), «los escritores/autores clásicos» (1796: 327 y 356, 1854: 157 y 174, 1870: 196 y 228, y 1880: 236), «los libros clásicos» (1854: 149 y 1870: 221)44.

Y se añaden, en las ediciones más recientes, «el uso actual de la lengua» (1917: 256 y 1931: 255) y «la literatura más universalista y menos teñida de particularismos lingüísticos» (1973: 14)45.

Recogiendo las conclusiones a las que llega Garrido Vílchez46, se observa que en el siglo xviii subyace «la autoridad de los auctores clásicos, y el uso de los que hablan con elegancia y energía» (GRAE-1796: 356) y, en el xix, se remite al uso de los autores clásicos y de los que hablan bien, que son las personas doctas (GRAE-1854: 174 y 177). En las ediciones posteriores, tampoco se concede prioridad a la información sobre cuáles son o deben ser los modelos de corrección idiomática; se sigue aludiendo a la autoridad de los clásicos y de la gente elegante, pero siempre en el cuerpo de la obra. Por otra parte, hasta la edición de 1917, basándose en la autoridad de los escritores (sobre todo, de los clásicos), se constata la preferencia como modelo de corrección de la forma escrita literaria frente a la oral.

Con todo, queda abierto el camino de investigar, desde el punto de vista de la historia de la lengua, hasta qué punto esta fijación en la literatura de los siglos xvi y xvii ha influido en la descripción de la lengua y, en especial, en las disposiciones normativas47.

El corpus: los criterios de corrección recogidos en las gramáticas académicas

En esta investigación se describen los criterios de corrección que sigue la Academia a la hora de elaborar sus gramáticas. Para ello, se ha contado con el corpus que de estos modelos lingüísticos ofrecen las distintas ediciones de las gramáticas de la RAE, base principal de este estudio. Como ya se ha comentado en la introducción a este trabajo, las obras académicas que conforman este corpus son las siguientes: las gramáticas de 1771, 1796, 1854, 1870, 1883, 1911 y 1917; el Esbozo de 1973, y la NGLE de 200948.

Un primer objetivo es el reconocimiento de cada uno de los criterios empleados, así como su descripción e importancia en las obras seleccionadas. En segundo lugar, interesa observar la evolución de cada criterio a lo largo del tiempo, esto es, su permanencia o desaparición. En tercer lugar, discernir entre la actitud descriptiva o prescriptiva que imprime en cada caso el modelo lingüístico propuesto.

Con estos planteamientos, se analizan exhaustivamente los criterios documentados en las gramáticas académicas: el uso (constante, más/menos frecuente, antiguo o anticuado); la lengua literaria y los escritores; el lenguaje familiar; las variedades diatópicas; el galicismo; los vulgarismos, barbarismos y solecismos; el buen sonido, la claridad y el énfasis.

El criterio de uso

El uso constante

En las gramáticas académicas la referencia a «el uso general» aparece de manera ocasional hasta la edición de 1917. En los contextos en los que se utiliza se observa que este recurso sirve, a falta de argumentos lingüísticos, para aprobar un empleo gramatical determinado, y, en ocasiones, para justificar las excepciones de uso o para explicar aquellas construcciones que escapan de la norma. Asimismo, se recurre al añadido «y otros que enseñará el uso» como final de una serie de ejemplificaciones.

Como observa Martínez Mezo49, «el uso general» al que remiten estas gramáticas se convierte en un auténtico «cajón de sastre», en el que se incluyen los ejemplos para los que todavía no se cuenta, en la época, con otra explicación posible. En la medida en que avanza el tiempo y la Academia profundiza en la teoría gramatical, este criterio de corrección va desapareciendo: empieza a decaer a partir de la edición de 1911 y ya no se documenta como tal ni en el Esbozo de 1973 ni en la última gramática de 200950.

El uso constante se caracteriza como una especie de «juez del lenguaje» en los ejemplos que se reproducen a continuación:

A partir de 1796, en el caso del artículo el delante de sustantivo femenino, el uso es «juez absoluto del lenguaje» que puede ir en contra de las reglas de la gramática (1796: 15, 1854: 8 y 1870: 12) –en 1883: 15-16, 1911: 56 y 1917: 36 se dice: «según uso constante y por razón de eufonía»–, y que justifica, por encima de cualquier otra razón, la construcción gramatical.

Asimismo, el uso autoriza que se empleen superlativos como enormísimo, singularísimo y algunos otros, pese al significado absoluto (1854: 24, 1870: 37-38, 1883: 50, 1911: 42 y 1917: 27).

Junto a estos casos, pleonasmos como volar por el aire, subir arriba y bajar abajo son aprobados por el uso desde 1771 hasta 1917 (1771: 343-344, 1796: 370-371, 1854: 180, 1870: 239, 1883: 272, 1911: 273 y 1917: 442).

Es tal su poder que, en el caso de los verbos irregulares, es el uso el que prevalece por encima de la analogía:

«(...) error en que caeriamos frecuentemente, si prefiriésemos las reglas de la analogía á la fuerza del uso para distinguir la regularidad é irregularidad de los verbos» (1771: 162 y 1854: 96). [La cursiva es nuestra].

Asimismo, el recurso al uso puede utilizarse a modo de regla gramatical para referirse a los posibles casos no explicados:

Sobre las excepciones en la formación de los adverbios en -mente, se dice en 1854: 116 y 1870: 139 que, siendo infinitas, «es imposible dar para esto otra regla que el mismo uso».

«El uso enseñará ademas lo que no bastaría á explicar un gran cúmulo de reglas, sobre esta distincion del pretérito más ó ménos remoto» (1870: 54); «El uso enseñará lo que no bastarían á explicar numerosas reglas sobre esta distinción del pretérito más ó menos remoto» (1883: 66).

En esta línea, es habitual la referencia al uso al final de varios ejemplos mencionados:

En 1796: 53, después de citar algunos nombres propios de reinos, ciudades, etc. que, cuando aparecen solos, en lugar de respetar el género del apelativo al que se refieren, siguen la regla de su terminación, se deja abierto el abanico diciendo lo siguiente: «y otros que enseñará el uso».

También se recurre en esta misma edición (1796: 49) a esta coletilla, junto a la lección de los buenos autores, en el caso de las voces que no pueden formar superlativo en -ísimo: «y otros que enseñará el uso y la lección de los buenos autores».

El uso más / menos frecuente

Por una parte, en todas las gramáticas analizadas aparece la referencia al empleo frecuente de una determinada voz o forma gramatical. Tras el estudio exhaustivo de los ejemplos, se comprueba que mientras que en unos casos únicamente se caracteriza la variante como de uso habitual, en otros, sin embargo, esa identificación de utilización frecuente de la forma conduce, en ediciones posteriores de la gramática, a la constitución de la norma.

Por otra parte, con respecto a la especificación del escaso uso de una forma, esta aseveración puede mantenerse en el tiempo o desaparecer, o, incluso, surgir repentinamente en una edición concreta. En todos estos casos, por encima de una normativización, se produce una constatación de los usos, aunque en alguna ocasión se muestre una actitud más preceptiva.

Constatación de un uso → constatación de la frecuencia de uso

Un uso constatado en una gramática puede verse caracterizado como de «más / menos frecuente» en otra u otras ediciones:

Junto al superlativo paupérrimo, en 1854: 24 se recoge también pobrísimo, y a partir de 1870 (hasta 1917) se añade «y con más frecuencia, se dice pobrísimo» (1870: 37, 1883: 49, 1911: 41 y 1917: 26). En 2009: 527 se especifica el menor uso de paupérrimo frente al de pobrísimo51.

Con respecto al uso de algunos participios, en el caso de freído y frito, ambos se incluyen sin ninguna matización desde 1854 hasta 1917 (1854: 107, 1870: 130, 1883: 177-178, 1911: 171-172 y 1917: 135)52. En 1973: 310 se especifica que freído se emplea menos que frito. Por su parte, en 2009: 244 se señala la mayor frecuencia de los participios irregulares.

El registro de la matización de esta frecuencia de uso se documenta en las últimas ediciones de la gramática, principalmente; y, sobre todo, para los casos de menor asiduidad, son el Esbozo y la GRAE de 2009 las obras que incluyen estas observaciones53. Su ausencia en las obras anteriores puede deberse a diversos factores: se puede pensar en una respuesta a la percepción de un cambio lingüístico por parte de los académicos; o puede deberse también a un mejor conocimiento sobre la frecuencia de empleo del término en cuestión (posiblemente los académicos realizaran, para las posteriores ediciones de la gramática, un examen más minucioso del corpus que servía de base para la emisión de sus juicios). No obstante lo dicho, cabe señalar que quizá la Academia actuara con prudencia, y solo añadiera la observación de la frecuencia de uso en el momento en que realmente se tratara ya de un uso plenamente consolidado54.

Modificación de la constatación de la frecuencia de uso

No deja de ser habitual que un uso caracterizado como de mayor frecuencia en una gramática pase a registrarse en obras posteriores sin dicha calificación:

El término virgen, incluido en 1854: 32, 1870: 26 y 1883: 24 como común, aunque con la especificación de ser usado más en el género femenino, pierde dicha observación en 1911: 18 y 1917: 955. De hecho, en el DRAE de 2014, se registra como masculino y femenino, sin ninguna matización al respecto.

La voz pro, registrada desde 1854 como ambigua, incluye únicamente en esta edición la observación de «ser hoy más bien masculina» (1854: 31, 1870: 26, 1883: 23, 1911: 17, 1917: 8).

Sobre estos últimos casos se pueden investigar las razones que conducen a las modificaciones comentadas. Por una parte, podría ser simplemente una cuestión de economía, de evitar explicaciones consideradas como poco pertinentes. Por otra, puede haber ocurrido que el uso extendido haya dejado de serlo, con lo que se produce cierta modificación en la norma, o, simplemente, que el uso descrito no se correspondiera con la realidad, con la consiguiente subsanación posteriormente.

Sin embargo, estos argumentos no nos terminan de convencer. En el caso de la voz virgen, por razones de índole socio-cultural, su aplicación a personas de sexo femenino ha sido más frecuente; pero la Academia advierte que, desde el punto de vista gramatical, es un sustantivo común. Con respecto al vocablo pro, pese a la tradición gramatical de inscribirlo como ambiguo, en el Diccionario panhispánico de dudas56 se registra únicamente como masculino, al igual que en la última edición del DRAE (2014)57.

Por otra parte, aunque no suele ser lo más común, se ha hallado algún ejemplo descrito como «más frecuente» en alguna edición que pasa a ser etiquetado como «menos usado» en las siguientes obras:

De este modo, las terminaciones más habituales de los diminutivos entre 1771 y 1870 son -ico/a58, -illo/a, -ito/a y -uelo/a (1771: 29, 1796: 36, 1854: 20-21 y 1870: 30). De entre ellas, a partir de 1883 (1883: 35, 1911: 28 y 1917: 16), -uelo pasa a formar parte de las menos comunes. En 2009: 630 se confirma la extensión de uso actual de la forma -ito/a59, frente a -illo/a, -ico/a y -uelo/a, más frecuentes en el español medieval y clásico60.

Algo parecido sucede con respecto al plural de maravedí, con la salvedad de que, en esta ocasión, no es que se produzca un cambio sobre la frecuencia de un empleo, sino que en las ediciones varían las preferencias de las marcaciones de uso:

Constatación de la frecuencia de uso → configuración de la norma

En otras ocasiones, el uso más o menos frecuente de una voz o construcción da lugar a la configuración de una norma reguladora. Con todo, esta actitud normativa es más visible en algunos ejemplos que en otros.

La preferencia a favor del masculino o del femenino en algunas voces consideradas tradicionalmente ambiguas se basa, en muchas de las gramáticas, en el uso habitual:

En el caso de tribu, se pasa del uso más habitual como femenino (1796: 59) a su adscripción únicamente como femenino, con la matización de haberse usado en los dos géneros (1854: 3, 1870: 26, 1883: 23, 1911: 17 y 1917: 8). De hecho, en 2009: 90 esta voz se recoge solo como femenina.

El sustantivo análisis se registra como ambiguo desde 1854 hasta 1917 (1854: 32, 1870: 27, 1883: 25, 1911: 19 y 1917: 9). En 1973: 181 se considera predominantemente masculino, aunque también se admite en femenino61. Y en 2009: 117 se explicita que era mayoritariamente femenino hasta el siglo xix.

La frecuencia de uso de una variante origina, asimismo, la selección de la forma mayoritaria con la consiguiente desaparición de la de menor empleo62, como se observa en los siguientes ejemplos:

La correlación ahora... ahora (Ahora en verso, ahora en prosa, siempre está escribiendo) se puede emplear, con más frecuencia, como ora... ora, tal como se recoge desde 1854 hasta 1911 (1854: 130, 1870: 159, 1883: 208 y 1911: 204). Sin embargo, en 1917: 306 y 1973: 509 se incluyen ahora... ahora u ora... ora sin ninguna matización. Finalmente, en 2009: 2396 solo aparece la correlación ora… ora, hecho que atestigua la selección de esta variante en la norma gramatical.

En el caso del imperativo del verbo valer, la observación realizada desde 1870 sobre la mayor frecuencia de uso de la forma regular vale (váleme, válete, válenos), en lugar de val (aceptada también esta última), (1870: 101, 1883: 113, 1911: 111 y 1917: 80) origina que en 1973: 297 val se reconozca como un uso arcaico o que en 2009: 237 se mencione como una voz antigua. Se puede considerar, por tanto, que se ha constituido ya la norma sobre la forma de imperativo del verbo valer.

Asimismo, algunas formas documentadas en las distintas ediciones de la gramática como «poco usadas» desaparecen en 1973, por lo que se deduce un claro carácter normativo de «uso no autorizado»:

Desde 1870 hasta 1917 se incluyen las formas irregulares poco usadas del futuro de indicativo de maldecir (maldiré, maldirás) (1870: 106, 1883: 119-120, 1911: 117 y 1917: 86-87). En 1973: 299 se especifica, con carácter de norma, lo siguiente: «Hoy no faltan ejemplos de futuros y condicionales regulares en los compuestos que no son bendecir ni maldecir». En 2009: 235 estas formas aparecen claramente sancionadas con la presencia de un asterisco delante de maldiré.

La marcación de «poco usado» del término color como femenino (desde 1854: 1854: 31, 1870: 25, 1883: 24, 1911: 18 y 1917: 9) deja paso en 1973: 179 a la consideración de este uso como vulgar o del habla campesina de algunas regiones, o en 2009: 117, como propio de la lengua popular del español europeo meridional y de algunas otras áreas hispanohablantes.

El uso antiguo o anticuado

En este apartado, se analizan aquellos usos caracterizados como antiguos o anticuados, en los que no hay ningún tipo de referencia explícita a las fuentes literarias. Obviamente, se sobreentiende que la Academia debe su razonamiento a algún tipo de documento escrito, de modo tal que pueda avalar la identificación del uso como de una época pretérita.

Es reseñable la cuantía de ejemplos que se registran con esta valoración de uso ya antiguo o anticuado63. Las razones son evidentes: hasta prácticamente el siglo xx, las gramáticas académicas utilizan como fuentes los textos de los Siglos de Oro. En el Esbozo y, sobre todo, en la NGLE (2009), se observa una tendencia a adscribir estos usos a la época de la que son propios, e, incluso, a confirmar su vigencia en algún territorio de habla española; se amplían considerablemente las explicaciones dadas sobre estos empleos, se documentan nuevos casos antes no considerados y se especifica la pervivencia de algunos de estos usos antiguos en un determinado registro (literatura, ámbito jurídico, etc.) o variedad diatópica.

La distinción establecida se basa en el criterio empleado en el subapartado anterior (§4.1.2): de un lado, la simple constatación del uso antiguo, y, del otro lado, que esta constatación sirva como argumento de autoridad para el dictamen normativo explícito. Con todo, dada la caracterización como «anticuadas» de estas construcciones, su utilización, evidentemente, no es recomendable.

Constatación de un uso antiguo o anticuado

En ciertas ocasiones, un uso se documenta ya como antiguo o anticuado desde el mismo momento en que se registra –desde las primeras ediciones o desde las más recientes:

Desde 1796 hasta 1917 se incluyen los compuestos aqueste y aquese, cuyo uso ya se considera anticuado o poco frecuente, además de circunscrito a la poesía (1796: 78, 1854: 39, 1870: 45, 1883: 56, 1911: 47 y 1917: 32). En 1973: 216 se caracterizan como arcaísmos prácticamente desterrados del lenguaje corriente, pese a su uso frecuente en la Edad Media y en el siglo xvi. En 2009: 1278 se comenta su empleo habitual en el siglo xvi y principios del xvii.

La perífrasis verbal tener de se describe como anticuada en todos los tiempos, excepto en la primera persona del singular del presente de indicativo (desde 1854 hasta 1973: 1854: 62, 1870: 62, 1883: 73, 1911: 71-72, 1917: 45-46 y 1973: 447). En 2009: 2107 esta variante se adscribe a la lengua medieval y clásica, y se señala su permanencia en el español hablado de la zona noroccidental de España, y también, con intención arcaizante, en la lengua literaria.

Sorprende que muchos de estos ejemplos dejan de incorporarse en el Esbozo (1973), pero se recuperan en la NGLE (2009); quizá la razón se deba a que esta última obra es una versión definitiva y no un «anticipo provisional», como se dice en el Esbozo (1973: 5), de la nueva gramática. Esto ocurre con los siguientes ejemplos:

Junto a idos, documentado desde 1854 hasta 1917 (1854: 162, 1870: 202, 1883: 242, 1911: 241 y 1917: 197), el imperativo íos, propio del período clásico, aparece en 1911: 241 y 1917: 197. Asimismo, se recupera en 2009: 249 como forma usada en el español clásico, hoy arcaica.

El uso antiguo vala (3.ª persona del singular del imperativo de valer) se registra desde 1870 hasta 1917 (1870: 101, 1883: 113, 1911: 112 y 1917: 81); en 2009: 237 se reconoce su presencia ocasional en el español americano del periodo colonial, y se considera actualmente como voz impropia de la lengua culta.

Por otro lado, un uso registrado en una edición de la gramática puede caracterizarse como de anticuado en las siguientes. La duda que surge entonces es si esto es motivado por un cambio lingüístico emergente. Sin embargo, dado que, generalmente, dicha modificación se produce entre una edición y la siguiente, y el espacio temporal no es tan amplio, la razón quizá haya que buscarla en un intento por describir mejor el uso lingüístico por parte de los académicos, y en una toma de conciencia de que ese empleo, posiblemente registrado en las fuentes literarias, es ya antiguo64. Se reproducen a continuación algunos ejemplos representativos:

Desde 1854 hasta 1911 se recogen las expresiones soy contento por estoy o quedo contento, y soy con usted, que quiere decir nos veremos o hablaremos pronto, de las que solo se indica «decimos también» (1854: 159, 1870: 198, 1883: 238 y 1911: 237). Dichas construcciones se corresponden a un empleo antiguo, como se señala en 1917: 154: «en la lengua antigua (ser) también significó estar, acepción que conservó hasta en la lengua clásica (…) y conserva aún en las locuciones soy contento (…); soy con usted».

Las formas compuestas de los pronombres demostrativos, estotro/a, estotros/as, esotro/a y esotros/as, se registran en todas las gramáticas (1771: 44, 1796: 77, 1854: 39, 1870: 45, 1883: 56, 1911: 47 y 1917: 32). Únicamente en 1973: 216 y en 2009: 1277 se mencionan como antiguos demostrativos compuestos, con las siguientes matizaciones: se emplean todavía, aunque raramente, en la prosa literaria (1973: 216); en el habla coloquial de Chile, se usa estotro en contextos temporales (2009: 1278).

Asimismo, en la línea de estos últimos ejemplos, se encuentra la apócope de los numerales primero, tercero y postrero:

Mientras que no hay vacilación alguna con respecto a la forma primer delante de sustantivo (desde 1854: 1854: 26, 1870: 39-40, 1883: 48, 1911: 39 y 1917: 25), en el caso de tercero, la forma apocopada y no apocopada se mantiene desde 1771 hasta 191765. Por otra parte, pese a incluirse desde 1854 hasta 1883 (1854: 26, 1870: 39-40 y 1883: 48) únicamente postrer, en 1911: 39 y 1917: 25 se admite también postrero. La norma en 1973: 244 no deja ya lugar a la duda: primero, tercero y postrero pierden la -o del masculino singular delante del sustantivo, aunque no es enteramente desusado en español antiguo y clásico el masculino sin apocopar; y en 2009: 1522 se señala que son numerosos los documentos que dan cuenta de la variante sin apococar (primero, tercero y postrero) en la lengua antigua, pero ya no se emplea en la contemporánea66.

Modificación en la constatación de un uso antiguo o anticuado

Aunque no tan abundantes, se documentan usos considerados en alguna gramática como antiguos o anticuados que en obras posteriores se incluyen sin dicha apreciación:

El llamado plural mayestático, uso de nos en lugar de yo por parte de altos dignatarios, se registra en todas las gramáticas estudiadas, apareciendo únicamente en 1796: 69-70 como «uso anticuado» y en 2009: 1172, como «fórmula arcaizante» (1771: 40, 1796: 69-70, 1854: 38, 1870: 172, 1883: 218, 1911: 216, 1917: 160, 1973: 20367 y 2009: 1172).

En los mismos contextos, cuando se habla con personas constituidas en dignidad superior, se utiliza vos (1771: 40, 1796: 69-70, 1854: 38, 1870: 172, 1883: 218, 1911: 216, 1917: 160 y 1973: 203), explicitándose solo en 1796: 69-70 que este uso es anticuado, y en 1854: 162 y 1870: 201 que, aunque en desuso, todavía se emplea en estilo literario.

En definitiva, en estos ejemplos, quizá al darse la marcación de «anticuados» en un momento dado se está respondiendo a la realidad de uso por parte de los hablantes más que a su empleo en un determinado tipo de texto, en el que, al parecer, este tipo de fórmulas arcaizantes se registra en todas las épocas.

Finalmente, estos últimos casos reflejan el camino seguido por un uso desde su caracterización como anticuado, pasando por su completa desaparición, hasta volver a recuperarse con una marcación diatópica:

El uso de las formas de nominativo nos y vos se considera anticuado en 1796: 70 y 1854: 38; posteriormente, desde 1870 hasta 1911, dejan simplemente de recogerse dichas formas (solo se dice que nosotros y vosotros en nominativo se usan con todas las letras) (1870: 201, 1883: 241 y 1911: 240-241). En 1973: 203 se recupera nos para nominativo con una marcación diatópica: nos existe todavía en algunas zonas de León.

Cercano a este, el uso antiguo de diz por dice, ya solo empleado impersonalmente y en estilo familiar con la significación de dicen (Diz que habrá guerra, equivalente a Dicen que...), se registra desde 1854 hasta 1917 (1854: 86, 1870: 104, 1883: 118, 1911: 116 y 1917: 85). En 1973: 299 la fórmula diz que (= dicen que) se califica de supervivencia del español antiguo –al igual que en 2009: 247–, para pasar a comentar su uso actual dialectal o rústico, muy extendido en los territorios americanos de habla española68.

Constatación de un uso antiguo o anticuado → configuración de la norma

Si bien ya se ha indicado en el principio de esta sección que cualquier uso considerado anticuado ya de por sí conduce a cierta idea normativa de evitarlo, en algunos de los ejemplos dicha noción aparece explicitada, con mayor o menor fuerza:

En 1870: 214, 1883: 252 y 1911: 253 se recoge el «uso antiguo» entre mí, diciéndose que con la preposición entre se usan yo y . En 1917: 294, junto a la desaparición del uso antiguo, con una actitud más autoritaria se afirma que «se han de usar» las formas yo, , él, etc., aun cuando vayan precedidas de la preposición entre. En 2009: 2420 se cita un ejemplo de Cervantes con entre mí, utilizado en otras épocas, y se dice que el español actual prefiere entre yo.

De las voces segundamente y terceramente se pasa de indicar que «nadie» dice estas formas (en 1854: 116) a «pocos» (en 1870: 139), y en 1883: 188, 1911: 182 y 1917: 141, a «usadas en lo antiguo» son «desaliñadas e impropias». Este último juicio de valor queda matizado en 2009: 1533, al señalar que son raras en textos posteriores al xvi, pero no eran extrañas hasta esa época.

Finalmente, algunos usos poéticos registrados en buena parte de las gramáticas terminan desapareciendo en las más recientes por considerarse propiamente arcaísmos:

En 1870: 102 se incluye el uso todavía en vigor del pretérito imperfecto de indicativo vía, vías, vía, víamos, víais, vían («se ha usado, y aún se usa»), el cual desde 1883 hasta 1917 pasa a adscribirse al lenguaje de la poesía («se ha usado, y aún poéticamente se usa») (1883: 140, 1911: 135 y 1917: 103). En 1973 y en 2009 se deja de registrar.

Siquier, apócope de siquiera, ya solo tiene algún uso en poesía (desde 1854 hasta 1911: 1854: 131, 1870: 159, 1883: 209 y 1911: 205). En 1917: 403, 1973: 558 y 2009: 1471 se registra únicamente siquiera.

Las fuentes literarias

La lengua literaria

La remisión a la lengua literaria se registra en todas las gramáticas académicas: de 1771 a 1917 el término empleado es el de «lengua poética», mientras que en el Esbozo (1973) y en la última gramática (2009) se recurre a «lengua literaria», y, en ocasiones, en 2009, a «lengua escrita» o a «registro formal».

Prácticamente hasta la GRAE de 1917 la mención a la licencia poética sirve como argumento al que se remite para avalar algunos usos que, en principio, atentan contra las reglas de la gramática. La autoridad del poeta subyace por encima de la violación de la norma69. Se justifica así una infracción de la regla, permitida en las primeras ediciones de la gramática académica y rechazada posteriormente, juicio que se desprende de la ausencia de esta referencia al uso poético en las siguientes obras:

La regla que distingue el pretérito perfecto simple del compuesto «no se sigue con rigor en la poesía; pues en ella se suele sustituir el simple al compuesto»70 (desde 1854 hasta 1911: 1854: 50, 1870: 54, 1883: 66-67 y 1911: 65).

Desde 1854 se explicita que la secuencia «el + nombre femenino» solo ocurre delante de sustantivo y no de adjetivo, a no ser esto último (lo del adjetivo) por licencia poética, caso excepcional que se mantiene hasta 1917 (1854: 8, 1870: 12, 1883: 16, 1911: 56 y 1917: 37) y que desaparece en 1973 y en 2009.

Interesante es el siguiente ejemplo, que evidencia el aumento progresivo de conocimientos gramaticales de la Institución a través del tiempo: de un uso sancionado, pero admitido en la poesía (desde 1854), se pasa a una adscripción diafásica y diatópica (2009):

Desde 1854 hasta 1911 se sanciona el empleo del imperfecto de subjuntivo (amara) en lugar del pluscuamperfecto de indicativo (había amado) o del pretérito perfecto simple (amé); con todo, se señala que esta inversión de tiempos es menos reparable en composiciones poéticas (1854: 183, 1870: 244, 1883: 276 y 1911: 277). Aunque en 1917: 277 y 1973: 480 se sigue registrando este uso en la literatura, se mantiene claramente la postura de rechazo. En 2009: 1806 se insiste en su consideración como uso antiguo, retomado por escritores de los siglos xviii y xix, en su frecuencia actual en la lengua literaria (y más aún en la periodística y la ensayística) y en su pervivencia en las hablas dialectales del noroeste de la Península Ibérica.

Ciertas construcciones ya recogidas en ediciones anteriores de la gramática –algunas caracterizadas de poco usuales– aparecen incluidas en 1973 y 2009 como usos propios de la lengua literaria. Llama la atención que lo que se etiqueta de «lengua literaria» en 1973 pasa a considerarse «registro formal» en 2009. Se reproducen a continuación algunos ejemplos:

Quienquiera, quienquier y su plural quienesquiera es «hoy de empleo muy restringido y exclusivamente literario», al igual que «lo era también en la prosa del siglo xvi» (1973: 232). En 2009: 1630 deja de registrarse quienquier y se advierte del poco uso de las formas plurales, circunscritas a los registros formales71.

Del pretérito anterior, en 1973: 470 se dice que solo se conserva en la lengua literaria; en 2009: 1789 se señala su empleo ocasional en los registros más cuidados de la lengua escrita72.

Por otro lado, se encuentran ejemplos en los que se contrasta el predominio de una variante lingüística en el ámbito literario frente al predominio de otra en el habla espontánea (todos ellos en 1973 y 2009). En algún caso (véase el último ejemplo), con un matiz marcadamente normativo, se considera el uso de la lengua coloquial incorrecto, y se aconseja sobre el empleo con corrección en la lengua literaria:

Con respecto a las variantes del imperfecto de subjuntivo (-ra y -se), el habla corriente prefiere la terminación -se, mientras que la forma en -ra es propia de la lengua culta y literaria (1973: 481). En 2009: 1803 se amplían todavía más las observaciones, tanto para el español americano como para el europeo, y se marcan las diferencias con los términos «lengua oral» y «lengua escrita».

En el caso del superlativo, se ofrecen casos de formas dobles: una de carácter más literario y culto, y otra más coloquial y popular (certísimo y ciertísimo, bonísimo y buenísimo, fortísimo y fuertísimo, entre otros) (1973: 196). En 2009: 524-525 se mantiene la distinción (forma culta / forma coloquial), aunque con mayores matizaciones de uso.

El laísmo, etiquetado de «desajuste ofensivo», se suele evitar en la lengua literaria, a no ser que se reproduzca el habla espontánea (1973: 205). El laísmo no es propio de la lengua escrita, excepto en los textos que reflejan el habla popular de las zonas laístas (2009: 1225).

Los escritores

Como ha quedado claramente reflejado en el apartado §3.3 de este trabajo, en todas las gramáticas académicas aparece la referencia a los escritores como modelos de autoridad. Con todo, la tendencia es a recurrir a autores de épocas anteriores, fundamentalmente a los clásicos, por lo que se tiende a reproducir y a describir una variedad de lengua anterior a la redacción de la gramática.

A partir del recuento de citas presentes en algunas secciones de las gramáticas, llevado a cabo por Fries73, se desprende que estas, hasta las ediciones de 1931 y 1962, están fuertemente influidas por la lengua literaria del Siglo de Oro; en el Esbozo, sin embargo, se produce un cambio importante de actitud, con una cercanía mayor al uso actual de la lengua, al ampliar considerablemente el número de autores de los siglos xix y xx.

Los buenos escritores

La figura del escritor como modelo de autoridad aparece en todas las gramáticas analizadas. Las denominaciones utilizadas van desde «los escritores/autores» hasta, con un empleo mayoritario, «los buenos escritores/autores» o «los escritores/autores de nota»74.

Esta referencia al grupo de los escritores se documenta, con cierto criterio de autoridad, tanto para constatar un uso (los dos primeros ejemplos) como, incluso, para desaprobarlo (los tres últimos ejemplos):

Sobre el sufijo -uelo, desde 1883 hasta 1917, se dice que cuando recibe una h, es habitual, incluso en algunos escritores, convertirla en g (alde-huela y alde-güela) (1883: 41, 1911: 33 y 1917: 20).

De la forma vais (presente de subjuntivo) por vayáis han usado «autores (1870 y 1883: de mucha nota), antiguos y modernos» (desde 1870 hasta 1917: 1870: 109, 1883: 125, 1911: 122 y 1917: 91).

Junto a la frase No hay algún remedio, registrada como «mal dicha» a no ser en tono de pregunta, se añade la nota de su empleo por parte de los escritores antiguos (1870: 225, 1883: 261, 191: 2621 y 1917: 178).

«Han escrito buenos autores, y suele aún decir el vulgo, en el pretérito perfecto, yo vide, él vido, formas desterradas hoy/ya del buen lenguaje» (desde 1870 hasta 1917: 1870: 103, 1883: 140, 1911: 135 y 1917: 103).

La mención al uso de los escritores es frecuente en las observaciones realizadas en torno al fenómeno del laísmo:

Los buenos escritores se convierten en modelo y guía de algunos usos que se deben imitar77:

Así, por ejemplo, junto a las reglas de uso de las terminaciones fuera, sería y fuese, en 1771: 73 se solicita «una atenta observacion del uso que tiene en los buenos autores, y entre los que hablan bien».

Y, sobre la construcción pasiva, en 1917: 256 se dice que «hay muchos verbos transitivos que si en teoría pueden admitirla, no la tienen en la práctica, cosa que solo puede enseñar la lectura de los buenos escritores y el uso actual de la lengua»78.

Sin embargo, la autoridad del escritor puede perder valía y ser sustituida por el buen uso actual de la lengua:

Ocurre, por ejemplo, con las figuras de dicción, las cuales se aceptan «en las voces en que ya lo han autorizado los buenos escritores (1854: 136 y 1870: 166) / el buen uso» (1883: 214, 1911: 211 y 1917: 146).

Desde 1870 hasta 1917, se señala la preferencia por las formas raigo y raiga del verbo raer, frente a las también correctas rayo y raya, pese a haber sido estas últimas usadas antiguamente por algún escritor (1870: 120-121, 1883: 152-153, 1911: 148 y 1917: 112). Esta razón se diluye en 1973: 301-302 y en 2009: 238, al priorizar como motivo el menor uso de las formas con -y- (rayo).

Finalmente, la Academia se designa a sí misma como modelo de autoridad, por encima de los buenos escritores o del uso generalizado:

Con respecto a las formas del verbo podrir, pese a encontrarse en buenos escritores, y todavía en el uso general, con o y con u indistintamente (podrir, pudrir), «la Academia ha creido deber fijarla prefiriendo la u á la o en todos los tiempos y personas, sin más excepcion que el presente de infinitivo, que lo autoriza de ambos modos, y el participio pasivo podrido, que nunca ó rara vez ha admitido la u»79 (desde 1854 hasta 1917: 1854: 93, 1870: 112, 1883: 132, 1911: 127-128 y 1917: 96). En 1973: 288 se recogen las dos variantes y la misma regla de uso, pero se obvian las matizaciones anteriores sobre el empleo de los buenos escritores o la estandarización académica. Finalmente, en 2009: 234 se documentan podrir y pudrir en el español medieval y clásico, y se confirma el predomino actual de las formas en -u-, excepto en el participio (podrido).

Los clásicos

La referencia a los clásicos puede servir simplemente como constatación de un uso, cuya frecuencia ya no es tan habitual –«los clásicos las emplearon más que nosotros»– (véase el primer ejemplo), o que, incluso, ha llegado a desaparecer, dado su escaso uso actual (véanse los dos siguientes ejemplos):

En el caso de la voz pasiva, tanto en 1917: 256 como en 1973: 378-379 y 2009: 2090, se registra el empleo más habitual de la preposición de con el ablativo agente por parte de los clásicos, frente a la preferencia actual con por.

De la apreciación del frecuente uso de la conjunción puesto que como adversativa por los escritores antiguos (desde 1854 hasta 1911: 1854: 131, 1870: 159, 1883: 209 y 1911: 205) (solo en 1854: 131: «hoy son ya pocos los que en este sentido la emplean») se pasa en 1917: 404 a indicar su mayor uso en el presente como causal, pese a tener en los clásicos valor concesivo. En 1973: 549 se incluye solo como causal, y en 2009: 3630 ya se especifica la pérdida del uso concesivo admitido en la lengua clásica.

El relativo cuyo, concertado con causa, ocasión, razón, fin, motivo, etc. (Mañana es el cumpleaños de la Reina, con cuyo motivo se vestirá la corte de gala), incluido en 1854: 42-43 y 1870: 174-175, pasa en 1917: 332-333 a atribuirse a un empleo de los clásicos, siendo en la época contemporánea rarísimo e ilegítimo, lo que da lugar en 2009: 1588 a la preferencia por las variantes con demostrativo (por tal motivo).

Como constata Martínez Mezo80, «incluso para contradecirlo, el testimonio de las Autoridades debe ser registrado, pues se muestra así el buen conocimiento del idioma». De ahí que se registren construcciones utilizadas por los autores clásicos que no se deben imitar. Es más, en algunas ocasiones se llega a justificar el uso sancionado mediante expresiones tales como «por descuido sin duda», «aunque incorrecto es respetable» o, haciendo hincapié en las pocas veces que se ha utilizado, «aunque raras veces». Reproducimos, a continuación, algunos casos encontrados:

«En nuestros clásicos se halla algún pasaje en que, por descuido sin duda, concierta el verbo hacer, aplicado al transcurso del tiempo, con el complemento directo (…); descuido que no debe imitarse» (1917: 265).

Es común en los escritos de la mejor época literaria que un sujeto compuesto por dos o más sustantivos en singular concuerde con un verbo en singular. Incluso puede ocurrir que uno de los sustantivos esté en plural y el verbo se halle, igualmente, en número singular. Estos casos, aunque respetables, no deben imitarse (1870: 242, 1883: 274 y 1911: 275). En 2009: 2567 se señala la abundancia, en los textos antiguos, de estas concordancias en singular81.

Finalmente, los autores clásicos se pueden convertir en la autoridad, en el modelo de corrección que se debe seguir, aspecto que deja de reseñarse, de acuerdo con nuestros datos, a partir de la edición de 1917:

De este modo, con respecto a la colocación de los pronombres antes o después del verbo, en 1796: 342 se dice que se debe observar la práctica de los autores clásicos de nuestra lengua, y en 1883: 242 se establece como guía el buen gusto y la lectura de los autores clásicos82.

En la misma línea, los clásicos, junto a las personas cultas, se convierten en fuente principal en materia sintáctica (refiriéndose a los principios de la construcción sintáctica) (desde 1796 hasta 1911: 1796: 327, 1854: 157, 1870: 196, 1883: 236 y 1911: 235).

Asimismo, sobre el intercambio entre el futuro imperfecto de subjuntivo y el presente de subjuntivo, por falta de reglas invariables, en 1854: 149 y 1870: 220-221 se recomienda la lectura de libros clásicos y el trato con personas instruidas83.

Finalmente, para el uso del hipérbaton se insiste en el estudio de los autores clásicos y el trato con personas doctas (desde 1796 hasta 1870: 1796: 356-357, 1854: 177 y 1870: 228).

Un ejemplo significativo de la autoridad de los clásicos es el empleo de quien como plural, recogido como correcto en prácticamente todas las gramáticas académicas84, dada su frecuencia de uso entre los autores clásicos:

El lenguaje familiar

Hasta la gramática de 1917 es habitual la marcación de uso diafásico familiar para describir algunos fenómenos lingüísticos. De los encontrados en estas obras, cabe especificar que esta etiqueta de «familiar» tiende a desaparecer en las últimas gramáticas académicas, esto es, el Esbozo de 1973 y la NGLE de 2009. Con todo, una búsqueda del término «familiar» en la aplicación de consulta de la NGLE habilitada en la página web de la Academia (http://aplica.rae.es/grweb/cgi-bin/buscar.cgi) confirma que esta marcación sigue vigente, y se conjuga con palabras como «informal», «coloquial», «de confianza», etc. En definitiva, lo «familiar» se relaciona con el lenguaje íntimo de la cercanía, en relación estrecha con la espontaneidad y la coloquialidad.

Entre la nómina de ejemplos registrados, se reproducen los siguientes:

La advertencia de la posibilidad de que los adjetivos, los participios, los gerundios y los adverbios admitan diminutivos, sobre todo en el estilo familiar (muertecito de frío, revoltosillo es el muchacho, todito el día, apuradillo estuvo, lejitos está tu casa), se incluye en 1854: 21 y 1870: 31-32. De todos ellos, en 2009: 633 solo se registran, en el habla coloquial y familiar, los diminutivos todito/a y toditos/as.

Que equivale a y más en las expresiones familiares dale que dale, firme que firme (desde 1854 hasta 1917: 1854: 129, 1870: 158, 1883: 208, 1911: 204 y 1917: 296). En 2009: 1212, de la locución dale que dale, se comenta su empleo en la mayor parte de los países hispanohablantes, pero no se contempla su uso familiar.

Mucho se recoge como adverbio de afirmación equivalente a , ciertamente desde 1854, y se caracteriza como de familiar desde 1883 hasta 1917 (1854: 111, 1870: 134, 1883: 184, 1911: 178 y 1917: 285)85.

Sin embargo, también puede darse el caso de que el uso familiar se convierta en regla normalizada.

La anteposición del artículo a los nombres de mujeres, incluida desde 1854 hasta 1917 como muy común en el lenguaje familiar (la Carlota, la Juana), conlleva que desde 1883 la preocupación resida en los casos de anteposición del artículo a los nombres de varón, sin censurar su uso ante nombre de mujer (1854: 7, 1870: 11, 1883: 14-15, 1911: 54 y 1917: 35)86. Sin embargo, en 2009: 840 la presencia del artículo con el nombre de pila se adscribe a la lengua popular de muchos países, pero se señala que no suele extenderse a la lengua estándar.

Desde 1854 hasta 1883 (1854: 13, 1870: 18 y 1883: 27) se contempla el uso familiar de los plurales de los nombres de algunas artes, ciencias y profesiones (No me venga Usted con teologías; Déjese usted de retóricas). Estos ejemplos se repiten en 1911: 22 sin indicación alguna del uso diafásico, mientras que en 1917: 12 se especifica que se usan en plural «tomados estos nombres en otras acepciones», de lo que se deduce que se consideran correctos.

Las variedades diatópicas

La marcación diatópica de la extensión geográfica de un uso se incluye con un claro valor descriptivo, más que normativo, en todas las gramáticas analizadas87:

Sobre la colocación de los pronombres con el verbo, se señala en 1917: 196 que «hay regiones, como Asturias y León, donde actualmente se usan más como enclíticos que como proclíticos».

En la secuencia no perifrástica «tener + participio» es frecuente en el habla de Asturias y Galicia que el participio aparezca inmovilizado en masculino singular, construcción que no se ha propagado a la lengua literaria (1973: 449-450).

Asimismo, muchos de los ejemplos se corresponden con formas antiguas o desusadas, todavía conservadas en algunas regiones (los dos primeros ejemplos), mientras que otros son caracterizados como anticuados en unas gramáticas y se recuperan, en ediciones posteriores, con la indicación de las zonas de uso vigente (el último ejemplo):

«Todavía en algunas provincias se dice mucho bueno, por muy bueno» (desde 1854 hasta 1917: 1854: 114, 1870: 137, 1883: 185, 1911: 179 y 1917: 140).

«En la lengua moderna, la forma -ra en la apódosis se siente como afectada, y no se emplea más que en estilo literario arcaizante. (…) Se mantiene hoy vivo este uso en Méjico y otras zonas de Hispanoamérica, y no hay motivo para rechazarlo» (1973: 473). En 2009: 1808 este empleo se vincula con el español caribeño contemporáneo.

La aparición del artículo delante del posesivo, aunque es considerado un uso antiguo desde 1796 (1796: 14, 1854: 6, 1870: 10), a partir de 1883 se adscribe a algunas zonas de España: Castilla la Vieja (1883: 14); Castilla la Vieja, León y Asturias (1911: 54 y 1917: 35). En 2009: 49 se comenta su frecuencia en la lengua antigua y su permanencia actual en algunas variantes del español europeo.

A pesar de que, como se ha señalado, la caracterización geográfica del uso responde más a un sentimiento descriptivo que prescriptivo, no resulta extraña la aparición de las zonas en las que se hace un empleo indebido de una construcción gramatical (véanse los dos primeros ejemplos). Sin embargo, en otros casos, pese a tratarse de usos plenamente sancionados, la Academia opta por incluir las zonas en las que aparecen sin incurrir en la denuncia de tales abusos (véanse los dos últimos ejemplos)88:

«En el País Vasco y en algunas comarcas limítrofes de las provincias de Burgos y Santander el habla vulgar emplea el condicional en la prótasis: Si trabajarías más, ganarías mejor jornal. (…) Este uso tiende a propagarse, en la misma zona, a otras oraciones subordinadas como: Usted me mandó que le avisaría. Se trata de un vulgarismo que no cabe en la conversación culta ni en la lengua literaria» (1973: 473)89. En 2009: 1779 este empleo se relaciona con la lengua conversacional de algunas variantes del español hablado en el área septentrional de España, así como con el español popular de Argentina, Uruguay, Paraguay, los países andinos, Chile y sur de Colombia; dado que no es propio de la lengua culta, se recomienda evitarlo.

Por otra parte, pese a su extensión de uso, este puede seguir siendo sancionado: el empleo de la locución a por con verbos de movimiento (ir a por agua) es frecuente en el habla usual de las provincias del centro peninsular, si bien es desconocido en América; sin embargo, en el habla culta de España se considera vulgar y se procura evitar (1973: 436). En 2009: 2250 se considera característico de España y percibido como anómalo en América.

La + sustantivo femenino iniciado por (h)á en lugar de el se encuentra en el habla de varias regiones españolas y americanas (leonesa, aragonesa, navarra, rioplatense, chilena, mejicana, y también en judeoespañol) (1973: 216). En 2009: 1039 se atestigua este uso en el registro coloquial o el habla rural de las zonas mencionadas, pero no en la lengua culta.

Del plural relós (de reló/reloj) se documenta su empleo en varios territorios españoles y americanos (1973: 182).

El galicismo

Las construcciones calcadas del francés se sancionan abiertamente. Los ejemplos no son excesivos y casi todos ellos aparecen a partir de 1883. Se reproducen algunos de ellos:

En 1870: 12 se describe como locución no castiza aquella formada por artículo con nombre propio de «nación no personificada» (El clima de la Francia, El comercio de la España). Estos ejemplos se consideran en 1883: 15, 1911: 55 y 1917: 36 propiamente galicismos.

Desde 1883 hasta 1917 se caracteriza el abuso o empleo innecesario del artículo indeterminado de galicismo que rechaza la lengua (1883: 17, 1911: 57-58 y 1917: 38).

Es un «galicismo intolerable» la construcción del verbo ser con el pronombre se (se es) (1854: 98 y 1870: 118). Y en 1917: 263 se sanciona el barbarismo que cometen algunos traductores del francés en las oraciones con on (se está contento, se vive feliz, etc.).

El calco del francés «a + infinitivo» se censura como construcción exótica (1973: 438).

Se considera galicismo el uso de «como + gerundio» con valor causal, construcción que no se recomienda (2009: 2066).

La corrección. Los usos vulgares, los barbarismos y los solecismos

Como ha evidenciado Garrido Vílchez90, la Academia fluctúa entre la prescripción y la descripción, de modo que sus gramáticas son, en unas ocasiones, guías de buen uso de la lengua, y, en otras, simples repertorios descriptivos del idioma. De este modo, junto a las frecuentes matizaciones del tipo «es muy común», «se suele aplicar», «es preferible», etc., con las que solo se describe el uso o se aconseja sobre este, aparecen otras, con un marcado carácter normativo, tales como «no se puede decir», «es forzoso usar», «es locución viciosa», etc.

Con respecto a estas valoraciones prescriptivas, son muchas las registradas en nuestro corpus, de las cuales incluimos una pequeña nómina: «correcto»/«incorrecto», «se dirá con propiedad»/«sería impropiedad», «se dirá bien»/«no se dirá bien», «hablará bien»/«hablará mal», «es buena locución»/«no es buena locución», «sería viciosa la locución», «se autoriza»/«no es aceptable», «es gramatical y correcta»/«es antigramatical», «la lengua moderna exige», «es grosero error», «es craso desatino», etc.91.

Por otro lado, términos como «vulgarismos», «barbarismos» y «solecismos» aparecen en las ediciones del siglo xx (1911, 1917 y 1973), con un uso esporádico en las anteriores (se empiezan a percibir en 1870, y se afianzan en 1883), para sancionar algunas construcciones de la lengua.

De hecho, Gómez Asencio92 atestigua que desde 1880 hasta 1962 se introduce, en las ediciones de la gramática académica, un capítulo que lleva por título los «Vicios de dicción»93, el cual se mantiene prácticamente inalterable en lo concerniente a la norma, a los «vicios», entre los que se incluyen los usos vulgares, los barbarismos o los solecismos:

(…) (la Academia) consideró función suya elaborar en abstracto, e igualmente según patrones teóricos al uso, una tipología general de las «principales» faltas de lenguaje; presentar un compendio, se supone que selecto, de defectos concretos en los que incurren los hablantes de español; y llamar la atención acerca de y por esos usos indeseables94.

La presencia, por tanto, de este capítulo de «Vicios de dicción» favorece la mayor frecuencia de «vulgarismos», «barbarismos» y «solecismos» en las ediciones de 1883, 1911 y 1917 de la gramática académica.

A continuación reproducimos algunos vulgarismos95 hallados en nuestro corpus, muchos de ellos registrados en el Esbozo. Estos ejemplos se documentan también en 2009, pero se remite a ellos como usos coloquiales, no recomendables en los registros formales. De hecho, en la NGLE únicamente se contemplan 20 ejemplos tildados con los términos de «vulgarismo» o «vulgar» (http://aplica.rae.es/grweb/cgi-bin/buscar.cgi).

Con respecto a las formas verbales satisfaciera, satisfaciese, etc., consideradas como «vulgaridad reprensible» en 1870: 94, estas se mantienen como «reprensibles» desde 1883 hasta 1917 (1883: 124, 1911: 121 y 1917: 90), y se dejan de recoger en 1973 y en 2009.

Son vulgarismos los plurales cacahués y cacahueses, cafeses, jabalises, parneses (1973: 185). En 2009: 131 se comenta el uso ocasional en la lengua popular de cacahués y cacahueses, variantes que se recomienda evitar.

«Es vulgar el imperativo ves, muy frecuente en la lengua hablada» (1973: 307), del que se dice en 2009: 250 que no ha pasado a los registros formales.

El empleo del infinitivo por el imperativo (¡Sentaros! o ¡Sentarse!) se considera un vulgarismo extendido tanto en España como en América (1973: 460). En 2009: 3133 se insiste en la frecuencia de este uso en el habla coloquial, el cual se debe evitar en los registros más formales96.

Asimismo, en el ámbito morfosintáctico se registran algunos barbarismos97 como los siguientes:

En 1870: 18 (nota) se consideran barbarismos las formas déficits y álbums; en 1973: 182 el barbarismo registrado es hipérbatons; finalmente, en 2009 se acepta el uso de los déficits (2009: 141), nada se dice de álbums, y no se recomiendan los plurales hipérbatons e hiperbatones (2009: 135).

La frase debemos obediencia a nuestros superiores, menormente en lo deshonesto e ilícito, en vez de menos en lo deshonesto e ilícito, se incluye como barbarismo en 1883: 188, adscripción que desaparece en 1911: 182 y 1917: 142, si bien se mantiene la censura de esa construcción. En 2009: 573 se ratifica que los adjetivos comparativos rechazan la terminación en -mente.

Y, como solecismos98, se documentan casos como los que se reproducen a continuación:

Es solecismo «trocar los pronombres personales» como en Juanito, es menester que vuelvas en sí, ¿Pues no ha de oler, si lo llevamos consigo? «En ti y con nosotros dirá cualquiera medianamente educado» (1883: 283, 1911: 284 y 1917: 447). Estos usos se incluyen en 2009: 1184 como «discordancias de reflexividad en la lengua hablada, que se recomienda evitar».

La inversión errónea del orden de los pronombres seguidos (me se olvidó en vez de se me olvidó) se registra desde 1854 hasta 1917 (1854: 164, 1870: 204, 1883: 243, 1911: 243 y 1917: 198); a partir de 1883 se explicita que se trata de un solecismo (1883: 283, 1911: 284 y 1917: 447-448). En 2009: 1230 se afirma que se trata de construcciones «rechazadas por la norma culta», aunque «no son infrecuentes en el habla popular y rural del español europeo y americano»; con todo, no se designan como «solecismos».

Como se puede observar en los ejemplos registrados de barbarismos y solecismos, estos términos dejan de utilizarse en la última gramática académica (2009). Tras una búsqueda en la aplicación de consulta de la NGLE (http://aplica.rae.es/grweb/cgi-bin/buscar.cgi), se confirma que no hay ni un solo ejemplo etiquetado con estas voces.

La gramática como manual de estilo

Como si se tratara de un manual de estilo, en las gramáticas de la RAE un uso lingüístico puede ser aceptado basándose para ello en criterios como la eufonía o el buen sonido, así como la claridad de la construcción o el énfasis.

Es este, según Fries99, el componente abstracto de la norma, integrado por una serie de principios lingüísticos y estilísticos que solo pueden percibirse con un análisis exhaustivo de las obras.

Estos principios se manifiestan a modo de razonamiento sobre cuestiones lingüísticas, unas de carácter descriptivo y otras normativas. Con todo, Fries100 ha destacado también el problema de la escasa precisión terminológica en este terreno, con alusiones vagas a ellos o sin menciones explícitas.

En estos casos, el principio lingüístico o estilístico puede servir para completar o modificar la regla, pero también se recurre a él con el fin de que el lector se atenga, en ciertas condiciones, a determinados principios, para evitar vicios lingüísticos concretos.

El buen sonido

El criterio del buen sonido se perpetúa desde la primera edición de la gramática académica hasta la de 1917, con esporádicos casos en 1973101 y 2009102. Se observa un decrecimiento de las apreciaciones de esta índole conforme transcurre el tiempo.

Esta justificación puede aparecer explícita hasta prácticamente 1917, desaparecer en las últimas ediciones o registrarse solo de forma esporádica en alguna de ellas:

Por razones de eufonía se emplea el en lugar de la ante nombre femenino (desde 1771 hasta 1917: 1771: 51, 1796: 16, 1870: 12, 1883: 15-16, 1911: 56 y 1917: 36). Sin embargo, en 1973: 215 desaparece esta justificación, indicándose que el artículo singular femenino tiene dos formas etimológicas: la y el. En 2009: 1033 se explica también la etimología, y se añade que el artículo el se elige por razones morfofonológicas.

Con el fin de evitar el mal sonido que resulta de la combinación de la conjunción y con la palabra siguiente comenzada por i-, esa conjunción se transforma en e (1771: 222, 1796: 263, 1854: 127, 1870: 156, 1883: 205-206 y 1911: 201-202; en 1917: 297, 1973: 506 y 2009: 2403 desaparece lo del «mal sonido»).

Se, como variante de él, impide el mal sonido que se produciría con «la concurrencia de dos casos distintos del mismo pronombre» (ya le la leí) (desde 1854 hasta 1911: 1854: 36, 1870: 43, 1883: 54-55 y 1911: 45). En 1917: 194 y 1973: 203 solo se comenta que se es variante de le, empleada en se lo, se las, etc. En 2009: 2010 se señala la imposibilidad de la secuencia *le lo por morfofonología.

La claridad

La preocupación por la claridad en la expresión, frente a la posible ambigüedad, es también uno de los criterios de corrección empleados en las gramáticas:

Para evitar la anfibología (la duda entre dos personas de distinto sexo), contra el uso aceptado, se dice que conviene emplear/se ha empleado la en dativo (1854: 35 y 1870: 201).

Con respecto a la supresión de la conjunción que (Le rogó fuese a su casa), se recomienda mantenerla, dado que impregna de mayor claridad y vigor el discurso (desde 1854 hasta 1911: 1854: 129, 1870: 158, 1883: 208 y 1911: 204). También aparece en 1917: 340, pero sin la razón explícita.

Se admite la repetición de algunos pronombres en expresiones del tipo a ti te hablo, a mí me dice, a él le digo, puesto que contribuye a una mayor claridad (1796: «y energía de las expresiones») (1771: 344 y 1796: 371-372), razón que desaparece en las siguientes ediciones (1854: 180-181, 1870: 240, 1883: 272, 1911: 273 y 1917: 443).

El énfasis

La referencia a las formas enfáticas aparece esporádicamente en las gramáticas analizadas:

Enfáticamente se dice mismísimo (1911: 42 y 1917: 27). En 2009: 976, con respecto al ejemplo el mismísimo presidente, se advierte del énfasis producido por la presencia del sufijo superlativo -ísimo.

La construcción polisindética confiere énfasis al discurso: entre 1854 y 1917 se indica que da más energía a la expresión (1854: 128, 1870: 156-157, 1883: 206, 1911: 202 y 1917: 298); en 1973: 506 y en 2009: 2404 se puntualiza su significado intensificador en el estilo literario.

El pleonasmo se acepta cuando se quiere incrementar la firmeza y energía de la dicción en casos como yo lo vi por mis ojos, yo lo escribí de mi mano (desde 1771 hasta 1917: 1771: 343, 1796: 370, 1854: 180, 1870: 239, 1883: 272, 1911: 273 y 1917: 442), y con mismo o propio (el Rey mismo lo mandó, yo mismo estuve, tú propio lo dijiste) (1771: 344, 1796: 371, 1854: 180, 1870: 239-240, 1883: 272, 1911: 273 y 1917: 442-443) (solo en 1771: 344 y 1796: 371 se explicita la razón).

Conclusiones

Como primer objetivo de esta investigación, nos planteábamos la identificación de los modelos lingüísticos que sirven como criterio de autoridad en cada una de las gramáticas académicas, dado que la propia Institución no ofrece concreción alguna al respecto, más allá de los listados de autores, sobre todo de los clásicos, a los que se remite en prácticamente todos los prólogos o advertencias de las distintas ediciones. Un análisis minucioso del interior de las obras revela que, entre sus páginas, se vislumbra la referencia a las personas cultas y a los autores literarios como modelos de corrección. Y, más allá de estas manifestaciones, se entremezclan criterios como el uso (constante, más/menos frecuente, antiguo o anticuado); la lengua literaria y los escritores; el lenguaje familiar; las variedades diatópicas; el galicismo; los vulgarismos, barbarismos y solecismos; el buen sonido, la claridad y el énfasis. Por tanto, no se puede hablar de un único factor que sustente la idea de propiedad o corrección, sino que los aspectos gramaticales vienen avalados por una diversidad de aquellos. En todo caso, esta confluencia de criterios está supeditada a la autoridad de la Academia, que, por encima de cualquiera de ellos, tiene en última instancia la palabra final.

El segundo de los objetivos, el estudio de la evolución de cada criterio a lo largo del tiempo, lo hemos desarrollado a través del análisis minucioso de los ejemplos que componen nuestro corpus. Como conclusiones más destacables, destacamos las siguientes:

  1. De todos estos criterios de corrección, son el uso y la lengua literaria los que muestran una mayor recurrencia en las gramáticas académicas. Con respecto al primero, el uso más/menos frecuente se manifiesta en todas las épocas, al igual que la descripción de los empleos antiguos; sin embargo, el uso constante pierde, con el tiempo (sobre todo, a partir del siglo xx), su papel de juez absoluto del lenguaje, y es sustituido por las explicaciones gramaticales ofrecidas por la Institución. Con respecto a las fuentes literarias, estas han sido, siguen siendo y seguirán siendo esenciales en la elaboración de las gramáticas, pero se observa cómo en los últimos tiempos se amplía la perspectiva, de modo tal que, sin descartar los textos de los grandes escritores de todas las épocas, se dirige la mirada hacia otras fuentes de datos (por ejemplo, los textos orales) que buscan responder a la realidad de uso de los hablantes.

  2. Otros usos como el familiar o el diatópico se intercalan a lo largo de las páginas de las obras examinadas. Lo familiar se relaciona en pleno siglo xxi con lo «coloquial», lo «espontáneo» o lo «informal»; por su parte, las variedades dialectológicas van ganando terreno a partir de la edición de 1917. De otro lado, las incorrecciones del tipo galicismos, vulgarismos, barbarismos y solecismos acostumbran a aparecer a partir de 1883, como consecuencia de la inclusión del capítulo denominado «Vicios de dicción» (desde 1883 hasta 1917). Finalmente, los usos estilísticos (el buen sonido, la claridad y el énfasis) se incluyen esporádicamente, pero carecen de un peso eminentemente preceptivo en la configuración de la norma, dada la vaguedad de estos conceptos.

En tercer lugar, hemos tratado de descubrir la actitud descriptiva o prescriptiva que acompaña a cada uno de los modelos lingüísticos formulados. Del examen de los ejemplos estudiados, se concluye que cada criterio de corrección puede ser utilizado con una finalidad meramente explicativa del uso lingüístico o con una intención claramente normativa o reguladora del idioma. El objetivo último de la Academia es la descripción de la lengua española de la forma más detallada posible; y justamente es esa necesidad de abarcar todas las cuestiones gramaticales la que provoca que asomen por doquier aspectos con tintes normativos. Con todo, en el Esbozo (1973) y, especialmente, en la NGLE (2009) hay un cambio importante en la concepción de la norma; en estas obras se busca, por encima de todo, describir exhaustivamente todos los aspectos que configuran la lengua.

A continuación, se recogen las conclusiones más relevantes, obtenidas de la investigación del corpus, para cada uno de los criterios de corrección analizados.

  1. El uso: uso constante, uso frecuente, uso poco frecuente, uso antiguo o anticuado

    El criterio del uso es uno de los más habituales en todas las gramáticas académicas.

    El uso general se convierte en las primeras obras (siglos xviii y xix) en un argumento de autoridad para explicar los aspectos gramaticales para los que no se tiene razonamiento alguno.

    Por el contrario, la remisión al uso más o menos frecuente de alguna construcción se mantiene en todas las gramáticas, tanto en las antiguas como en las recientes: de un lado, puede aparecer para describir una determinada construcción registrada hasta entonces sin ningún tipo de apreciación; de otro lado, la constatación de la frecuencia de uso puede sufrir modificaciones (la matización de «uso más frecuente» puede desaparecer o llegar a convertirse en «uso menos frecuente»); finalmente, la variante de mayor empleo puede derivar en la desaparición de la menos utilizada, con la consiguiente configuración de la norma. En estos casos conviene analizar los textos de la época para dilucidar si lo registrado por la Academia responde verdaderamente al uso real de los hablantes, dado que no hay que olvidar que el peso de los textos clásicos, muy presente en la elaboración de estas obras gramaticales, quizá sea el responsable de ciertas incongruencias halladas entre la descripción de uso y la realidad de este.

    Por otra parte, las gramáticas académicas parecen deleitarse en la descripción de los usos antiguos o anticuados, que han tenido vigencia en un estadio anterior de la lengua. De hecho, algunas construcciones desusadas perduran en las obras como si se tratara de usos actuales (recuérdese tercer/o); no es hasta prácticamente el Esbozo de 1973 cuando se produce un cambio de actitud sustancial, de modo que se consideran antiguos o anticuados aspectos de la lengua hasta entonces no registrados como tales, e, incluso, llegan a sancionarse abiertamente. En definitiva, este gusto por lo antiguo y esta resistencia a la caracterización del «uso frecuente o habitual» procede del fuerte sentimiento de apego, por una parte, a la literatura de nuestros clásicos y, por otra, a la tradición gramatical, que repite incesantemente las mismas cuestiones e insiste en los mismos problemas –se continúa con lo que se ha dicho en anteriores gramáticas, sin hacer una revisión crítica de estos supuestos.

    ¿Realmente se responde al uso habitual de la época? ¿Puede la gramática contribuir a nuestro conocimiento sobre la manera en que se hablaba en aquel momento? Con los textos gramaticales como única fuente de datos, no podemos responder a estas preguntas.

  2. Las fuentes literarias: el uso literario y el uso de los escritores

    Un papel fundamental a la hora de describir y prescribir los usos lingüísticos lo tienen los escritores y, principalmente, los clásicos. Pese a que algunos de los usos registrados en sus obras hayan quedado ya obsoletos, la Academia apela a la Autoridad de los clásicos, como modelo que se debe imitar, principalmente en los aspectos que generan una mayor dificultad. Es tal su importancia que incluso se documentan empleos incorrectos de estos autores, que, aunque no se deben reproducir, dejan constancia del buen conocimiento del idioma por parte de la Institución al identificarlos como usos de los más doctos.

    Si bien es cierto que en todas las ediciones de la gramática académica la referencia a los escritores, y concretamente a los clásicos, es ineludible, se podría afirmar que, a partir de 1917 y, sobre todo, en 1973 y 2009, su inclusión responde a nuevas razones: de un lado, contrastar la frecuencia de uso de una construcción en la antigüedad y en la actualidad (1917, 1973 y 2009); de otro, la adscripción de usos propiamente literarios frente a los característicos del habla corriente espontánea, aspecto no tenido en cuenta en las ediciones anteriores a la de 1973. En la NGLE de 2009, en pleno siglo xxi, la lengua clásica se sigue respetando, pero pierde su valía como único modelo de corrección; ahora interesa aproximarse a la realidad del habla, y, para ello, los textos actuales (hasta los orales) se convierten en el pilar fundamental.

  3. Otros usos: uso familiar, uso diatópico, usos incorrectos

    Al uso familiar, entendido actualmente como «coloquial», «de confianza», «informal», etc., se remite en todas las gramáticas. Este puede incluirse desde que se registra la construcción o puede añadirse posteriormente, con un interés manifiesto por describir mejor la realidad lingüística. Asimismo, el uso familiar atestiguado, dada su amplia extensión, puede dejar paso en posteriores ediciones a una norma reguladora.

    La marcación diatópica acostumbra a aparecer con un valor descriptivo: se atestigua el uso en una región o la forma antigua conservada en un territorio. Sin embargo, se pueden especificar las zonas en las que se hace un empleo indebido de una construcción, o pueden autorizarse ciertos usos por estar extendidos en algunas áreas, o, pese a usarse en algunas regiones, sancionarse. De lo que no cabe duda alguna es de que con el tiempo se percibe un acercamiento a la realidad panhispánica de la lengua: las cuestiones dialectológicas se comienzan a afianzar en la edición de 1917; son muchas las incluidas en 1973, y se amplían considerablemente en la última gramática de 2009.

    Con claro valor normativo, se sancionan los galicismos (sobre todo a partir de 1883), los vulgarismos, los barbarismos y los solecismos (sobre todo en 1883, 1911, 1917 y 1973). El mismo matiz normativo se observa en afirmaciones habituales como «se dice»/«no se dice», «es gramatical»/«no es gramatical», etc., en las que no se especifica ningún criterio de corrección que las justifique.

  4. Los usos estilísticos

    Cuestiones como el ritmo, la eufonía, la claridad, etc., principios todos ellos estilísticos, tienen su peso a la hora de determinar la preferencia por un uso u otro, una construcción u otra. La gramática se convierte, entonces, en una especie de manual de estilo, con influencias de las disciplinas de la Retórica y la Estilística, al incluir estos factores subjetivos de carácter predominantemente estético para la explicación de aquellos usos que escapan a la regularidad.

    La importancia de los principios de eufonía, claridad (evitar la ambigüedad, la anfibología, etc.), énfasis, etc. en el proceso normativo todavía no ha sido investigada en profundidad –por nuestra parte, nos hemos encargado de explicitarlos y ejemplificarlos, pero no de estudiarlos exhaustivamente–. Conviene distinguir entre los que configuran la norma y los que no: inventariar los principios estilísticos normativamente relevantes en la gramática y analizar su importancia, así como examinar la evolución ocurrida en este componente.

Para terminar, en este estudio se ha llevado a cabo un análisis inmanente de las gramáticas académicas a la búsqueda de aquellos criterios de corrección que emergen en aquellas como modelos lingüísticos. Pero todavía son muchos los interrogantes en torno al tema, así como las cuestiones que se pueden abordar. En la línea apuntada por Fries,103 sería deseable completar este tipo de análisis con una interpretación de las disposiciones normativas en su contexto histórico: una interpretación en el contexto de la historia de la lengua, una interpretación en el contexto de la historia lingüística y una interpretación en el contexto de las actividades de la Academia.

Mónica Velando Casanova

Universitat Jaume I


  1. Los estudios recogidos que tratan esta cuestión son, entre otros, los siguientes: Julio Borrego Nieto, «La norma en las gramáticas de la Real Academia Española», Lingüística Española Actual, xxx/1, 2008, págs. 5-36; Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989; Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008; José J. Gómez Asencio, Los principios de las gramáticas académicas (1771-1962), Bern, Peter Lang, 2011; Mercedes Martínez Mezo, «Norma y recomendaciones de uso en las GRAES del siglo xviii», Diacronía, lengua española y lingüística. Actas del IV Congreso Nacional de la Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía e Historia de la Lengua Española, Madrid, Síntesis, 2006, págs. 719-730; Elena Méndez García de Paredes, «La norma idiomática del español: visión histórica», Philologica Hispalensis, vol. xiii (1), 1999, págs. 109-132; Carlos Moriyón Mojica, El concepto de norma lingüística en la tradición gramatical española (De Nebrija a Bello), Valladolid, I.C.E./Universidad de Valladolid (Col. Tesis Doctorales), 1992; Carmen Quijada Van den Berghe, «Autoridades y canon en gramáticas del español del siglo xviii», El castellano y su codificación gramatical iii. De 1700 a 1835, Burgos, Fundación Instituto Castellano y Leonés de la Lengua, 2011, págs. 805-831.

  2. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989.

  3. Carlos Moriyón Mojica, El concepto de norma lingüística en la tradición gramatical española (De Nebrija a Bello), Valladolid, I.C.E./Universidad de Valladolid (Col. Tesis Doctorales), 1992.

  4. José J. Gómez Asencio y Gema Belén Garrido Vílchez, «Las gramáticas de la RAE en números», Palabras, norma, discurso. En memoria de Fernando Lázaro Carreter, Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca, 2005, págs. 593-604.

  5. Se han leído de principio a fin las gramáticas de 1771, 1796, 1854, 1870, 1883, 1911 y 1917. De ellas, se ha extraído el corpus que ha servido de modelo para las búsquedas realizadas en las obras de 1973 y 2009 –estas dos últimas, por sus características novedosas y por la densidad de sus contenidos, merecen estudios aparte.

  6. Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008, págs. 180-181.

  7. Basándose en los Archivos de la RAE, afirma Sarmiento que para la Academia la gramática es arte, entendido este como la «imitación del hablar y escribir como hablaron y escribieron los que precedieron» (pág. 574); «la sola definición de gramática como «arte de hablar bien» implica ya la existencia de una presión normativa ejercida sobre el uso» (pág. 575) (Ramón Sarmiento, «La gramática académica del siglo de las Luces», en Serta Philologica F. Lázaro Carreter, vol. i, Madrid, Cátedra, 1983, págs. 571-585).

  8. Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008, págs. 181-185.

  9. Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008, págs. 186-191.

  10. José J. Gómez Asencio, «El prólogo como programa. A propósito de la GRAE de 1771», Boletín de la Real Academia Española, tomo lxxx, cuaderno cclxxix, 2000a, págs. 27-46; José J. Gómez Asencio, «El prólogo como proemio: la GRAE de 1796», Cuestiones de actualidad en lengua española, Salamanca, Universidad de Salamanca-Instituto Caro y Cuervo, 2000b, págs. 71-81; José J. Gómez Asencio, «Los prólogos académicos de 1854 y 1858», Actas del III Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, tomo i, Hamburg, Helmut Buske Verlag, 2002a, págs. 197-211.

  11. José J. Gómez Asencio, «El prólogo como programa. A propósito de la GRAE de 1771», Boletín de la Real Academia Española, tomo lxxx, cuaderno cclxxix, 2000a, pág. 45.

  12. José J. Gómez Asencio, «El prólogo como proemio: la GRAE de 1796», Cuestiones de actualidad en lengua española, Salamanca, Universidad de Salamanca-Instituto Caro y Cuervo, 2000b, págs. 80-81.

  13. José J. Gómez Asencio, «Los prólogos académicos de 1854 y 1858», Actas del III Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, tomo i, Hamburg, Helmut Buske Verlag, 2002a, pág. 205.

  14. José J. Gómez Asencio, «El prólogo como advertencia: el caso de la GRAE de 1870», Actas del IV Congreso de Lingüística General, Cádiz, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cádiz y Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alcalá, 2002b, págs. 1229-1239, en concreto pág. 1239.

  15. Es el modelo que sigue la GRAE de 1883, que es la estudiada en nuestro corpus.

  16. Elena Méndez García de Paredes, «La norma idiomática del español: visión histórica», Philologica Hispalensis, vol. xiii (1), 1999, pág. 121.

  17. Ignacio Bosque, «La Nueva gramática de la lengua española. Historia del proyecto y características de la obra», en El español en el mundo. Anuario del Instituto Cervantes 2010-2011, Madrid, Instituto Cervantes, 2011, págs. 255-269.

  18. Julio Borrego Nieto, «La norma en las gramáticas de la Real Academia Española», Lingüística Española Actual, xxx/1, 2008, págs. 5-36.

  19. Mónica Velando Casanova, «La configuración de un modelo normativo a través de las gramáticas de la Real Academia Española», Fablar bien e tan mesurado, Valencia, Tirant Humanidades, 2012, págs. 239-262.

  20. Julio Borrego Nieto, «La norma en las gramáticas de la Real Academia Española», Lingüística Española Actual, xxx/1, 2008, págs. 22-23 y 33.

  21. Francisco Moreno Fernández, «La dimensión social de la gramática. A propósito de la Nueva gramática básica de la lengua española», «Cum corde et in nova grammatica». Estudios ofrecidos a Guillermo Rojo, Servicio de Publicaciones de la Universidade de Santiago de Compostela, 2012, págs. 605-615, en especial págs. 606, 608 y 612-613.

  22. M.ª Dolores Martínez Gavilán, «Normativismo y antinormativismo en la tradición gramatical española del siglo xvii», Contextos, viii/15-16, 1990, págs. 129-151.

  23. M.ª Dolores Martínez Gavilán, «Normativismo y antinormativismo en la tradición gramatical española del siglo xvii», Contextos, viii/15-16, 1990, pág. 150.

  24. Francisco Javier Satorre Grau, «Los criterios de corrección en la gramática de los siglos xvi y xvii», Actas del III Congreso Internacional de Historia de la lengua española, Madrid, Arco Libros, 1996, págs. 923-937.

  25. Carlos Moriyón Mojica, «Caracterización sociolingüística del modelo normativo de la gramática española de los Siglos de Oro», Panorama de la investigació lingüística a l’Estat espanyol: Actes del I Congrés de Lingüística General, vol. 5, Valencia, Universitat de València, 1997, págs. 134-141, en concreto págs. 137 y 138.

  26. Carmen Quijada Van den Berghe, «Autoridades y canon en gramáticas del español del siglo xviii», El castellano y su codificación gramatical iii. De 1700 a 1835, Burgos, Fundación Instituto Castellano y Leonés de la Lengua, 2011, pág. 827.

  27. Carmen Quijada Van den Berghe, «Autoridades y canon en gramáticas del español del siglo xviii», El castellano y su codificación gramatical iii. De 1700 a 1835, Burgos, Fundación Instituto Castellano y Leonés de la Lengua, 2011, pág. 806.

  28. Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008, págs. 185 y 209-210.

  29. José J. Gómez Asencio, «El prólogo como programa. A propósito de la GRAE de 1771», Boletín de la Real Academia Española, tomo lxxx, cuaderno cclxxix, 2000a, págs. 27-46; José J. Gómez Asencio, «El prólogo como proemio: la GRAE de 1796», Cuestiones de actualidad en lengua española, Salamanca, Universidad de Salamanca-Instituto Caro y Cuervo, 2000b, págs. 71-81; José J. Gómez Asencio, «Los prólogos académicos de 1854 y 1858», Actas del III Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, tomo i, Hamburg, Helmut Buske Verlag, 2002a, págs. 197-211; José J. Gómez Asencio, «El prólogo como advertencia: el caso de la GRAE de 1870», Actas del IV Congreso de Lingüística General, Cádiz, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cádiz y Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alcalá, 2002b, págs. 1229-1239; José J. Gómez Asencio, «El trabajo de la Real Academia Española en el siglo xviii (y después)», Península. Revista de Estudos Ibéricos, n.º 5, 2008, págs. 31-53; José J. Gómez Asencio, Los principios de las gramáticas académicas (1771-1962), Bern, Peter Lang, 2011.

  30. Sobre la influencia de estos gramáticos en la gramática académica del siglo xviii, véase José Domínguez Caparrós, «La gramática de la Academia del siglo xviii», Revista de Filología Española, tomo lviii, cuadernos 1.º-4.º, 1976, págs. 81-108.

  31. Quijada señala, más allá de los prólogos, que en las citas recogidas en la GRAE de 1796, concretamente en el cuerpo de la obra, ya aparecen las de Cervantes, Mariana y poetas del xvi (Carmen Quijada Van den Berghe, «Autoridades y canon en gramáticas del español del siglo xviii», El castellano y su codificación gramatical iii. De 1700 a 1835, Burgos, Fundación Instituto Castellano y Leonés de la Lengua, 2011, pág. 823).

  32. De los estudios de Garrido Vílchez sobre las relaciones de la GRAE de 1854 con Salvá y Bello, se concluye que, al menos en la faceta teórica, el peso fue más bien leve (Gema Belén Garrido Vílchez, «La huella de Salvá en la GRAE de 1854», Nuevas aportaciones al estudio de la lengua española. Investigaciones filológicas, Salamanca, Luso-española de ediciones, 2001, págs. 135-144; Gema Belén Garrido Vílchez, «¿Relaciones de la GRAE-1854 con Andrés Bello?», Actas del III Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, tomo i, Hamburg, Helmut Buske Verlag, 2002, págs. 165-178).

  33. José J. Gómez Asencio, «Los prólogos académicos de 1854 y 1858», Actas del III Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, tomo i, Hamburg, Helmut Buske Verlag, 2002a, pág. 208.

  34. «La RAE comienza a apropiarse –casi declaradamente ya– de la vara de medir, a atribuirse a sí misma el papel de juez supremo» (José J. Gómez Asencio, Los principios de las gramáticas académicas (1771-1962), Bern, Peter Lang, 2011, págs. 97 y 98).

  35. José J. Gómez Asencio, «El prólogo como advertencia: el caso de la GRAE de 1870», Actas del IV Congreso de Lingüística General, Cádiz, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Cádiz y Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alcalá, 2002b, pág. 1236.

  36. José J. Gómez Asencio, «El trabajo de la Real Academia Española en el siglo xviii (y después)», Península. Revista de Estudos Ibéricos, n.º 5, 2008, pág. 50.

  37. Elena Méndez García de Paredes, «La norma idiomática del español: visión histórica», Philologica Hispalensis, vol. xiii (1), 1999, pág. 130; José J. Gómez Asencio, «El trabajo de la Real Academia Española en el siglo xviii (y después)», Península. Revista de Estudos Ibéricos, n.º 5, 2008, pág. 51.

  38. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 169.

  39. Julio Borrego Nieto, «La norma en las gramáticas de la Real Academia Española», Lingüística Española Actual, xxx/1, 2008, pág. 25.

  40. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989.

  41. Carlos Moriyón Mojica, El concepto de norma lingüística en la tradición gramatical española (De Nebrija a Bello), Valladolid, I.C.E./Universidad de Valladolid (Col. Tesis Doctorales), 1992.

  42. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 161.

  43. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 160; José J. Gómez Asencio, «El trabajo de la Real Academia Española en el siglo xviii (y después)», Península. Revista de Estudos Ibéricos, n.º 5, 2008, pág. 47.

  44. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 160.

  45. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 160.

  46. Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008, págs. 213-214 y 243-246.

  47. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 168.

  48. Las fuentes documentales son las que se señalan a continuación: Gramática de la lengua castellana, Madrid, Joachin de Ibarra, 1771; Gramática de la lengua castellana, Madrid, Viuda de Don Joaquín Ibarra, 1796; Gramática de la lengua castellana, Madrid, Imprenta Nacional, 1854 [estas tres gramáticas se encuentran recogidas en la edición digital de José J. Gómez Asencio (comp.), Antiguas Gramáticas del Castellano, Colección Clásicos Tavera, Madrid, Digibis Publicaciones Digitales, Mapfre-Fundación Histórica Tavera, 2001]; Gramática de la lengua castellana, Madrid, Imprenta y Estereotipia de M. Rivadeneyra, 1870; Gramática de la lengua castellana, Madrid, Gregorio Hernando, 1883; Gramática de la lengua castellana, Madrid, Perlado, Páez y Compañía, 1911; Gramática de la lengua castellana, Madrid, Perlado, Páez y Compañía, 1917; Esbozo de una nueva gramática de la lengua española, Madrid, Espasa-Calpe, 1973; RAE y Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE), Nueva gramática de la lengua española (NGLE), vol. Morfología y Sintaxis i, y vol. Sintaxis ii, Espasa Libros, Madrid, 2009 [disponible también en línea: http://aplica.rae.es/grweb/cgi-bin/buscar.cgi].

  49. Mercedes Martínez Mezo, «Norma y recomendaciones de uso en las GRAES del siglo xviii», Diacronía, lengua española y lingüística. Actas del IV Congreso Nacional de la Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía e Historia de la Lengua Española, Madrid, Síntesis, 2006, pág. 728.

  50. En 78 ocasiones se registra el término «uso general» en la gramática de 2009, pero, más allá de utilizarse como criterio de autoridad para justificar un empleo lingüístico, se remite a esta caracterización con el fin de atestiguar un uso habitual en la actualidad. Sirva como ejemplo el siguiente: «También se registra ocasionalmente el derivado antigüísimo, que no se recomienda, en lugar del cultismo, de uso general hoy, antiquísimo» (NGLE, 2009: 526). Consulta realizada en http://aplica.rae.es/grweb/cgi-bin/buscar.cgi. [Fecha de consulta: 20/01/2016].

  51. No se llega a constituir una norma que prefiera la forma pobrísimo a paupérrimo, pero se deja clara constancia de su extensión de uso.

  52. Sin embargo, en 1911 y 1917 se consideraba que frito era más usado que freído en las formación de los tiempos compuestos.

  53. Con todo, la referencia al escaso uso de algunas formas de los verbos irregulares acostumbra a aparecer en todas las gramáticas académicas. Así, por ejemplo, las formas irregulares de asir se califican de «muy poco usadas» desde 1796 hasta 1973 (1796: 187, 1854: 86, 1870: 104, 1883: 115, 1911: 113, 1917: 83 y 1973: 294). Y, con respecto a rarefacer, la anotación del «muy poco uso» de este verbo (1883: 124, 1911: 121 y 1917: 90) se transforma en 1973: 290 en una reflexión sobre su antiguo empleo, para pasar en 2009: 350 a afirmar que ya no se usa en la actualidad.

  54. Con el fin de conocer la realidad de uso de las voces o construcciones, habría que realizar las oportunas búsquedas en los textos de la época, tarea que trasciende el objetivo de este estudio. Sirva como ejemplo una pequeña cala realizada en el CORDE (Corpus diacrónico del español), en la que se atestigua que la forma irregular frito es más frecuente que la regular freído en todas las épocas: en los siglos xvi y xvii únicamente se registran 4 casos de freído, frente a los 76 de frito; entre 1700 y 1900 solo se documenta frito, con 206 ejemplos; finalmente, en el siglo xx, los 5 casos de freído contrastan con los 670 de frito (Real Academia Española, Banco de datos (CORDE) [en línea]. Corpus Diacrónico del Español [Fecha de consulta: 10/03/2016], disponible en http://www.rae.es).

  55. Ya en 1771: 10 y 1796: 8 aparecía como común, sin ningún tipo de especificación.

  56. Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española, Diccionario panhispánico de dudas, Madrid, Santillana, 2005.

  57. Con el significado de ‘provecho o utilidad’ sí se incluye como masculino o femenino, pero desusado (Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española, Diccionario de la lengua española [en línea], 23.ª ed., 2014 [Fecha de consulta: 20/01/2016], disponible en http://www.rae.es).

  58. Desde 1854 se advierte que -ico «es ya poco usado fuera de algunas provincias».

  59. En 1883: 36 (en nota) ya se marca la mayor frecuencia de uso de -ito con respecto a los otros diminutivos.

  60. En este ejemplo se observa claramente cómo las gramáticas están reproduciendo una estructura antigua, al contar, como fuente esencial de datos, con los clásicos. En la última GRAE (2009) se subsana el error repetido y se ofrece la realidad de uso.

  61. Dado que en el Panhispánico se explicita que en el español actual es siempre masculino, podemos considerar que lo afirmado en 1973 ya era un atisbo de norma.

  62. Sin embargo, en algún caso, pese al empleo mayoritario, la Academia, manifestando una clara actitud normativa y prescriptiva, rechaza un uso por ir en contra de las normas de la gramática. Así, el vocablo modisto, de utilización frecuente, se rechaza abiertamente en las gramáticas de 1911: 15 y 1917: 6. Actualmente, a pesar de ser reconocida como una forma anómala morfológicamente, se considera correcta, dada su extensión de uso (2009: 99).

  63. Como advierte Garrido Vílchez, «la Academia parece mostrar complacencia en la descripción de usos obsoletos (…). En algunas ocasiones, se avisa al lector de que se trata de usos pasados, pero en ningún caso se sancionan, ni se advierte sobre lo poco recomendable que es su empleo. ¿Se está poniendo la Gramática al servicio de la interpretación de textos antiguos?» (Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008, pág. 246).

  64. La Academia debió de contar, aparte de con los textos clásicos, con otro tipo de fuentes que podrían compensar el hecho de que se estuviera describiendo una lengua de siglos pasados: «el que los autores contemporáneos y las «personas cultas» actuaran realmente de correctivo, es obvio, porque ya desde las primeras ediciones se señala el carácter anticuado, o incluso se califican de expresiones no dignas de imitación, algunas manifestaciones lingüísticas de la literatura de los siglos xvi y xvii» (Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 166).

  65. En 1771: 8 se considera que unas veces pierde la última vocal antes del sustantivo y otras no; en 1796: 32 se añade «y está bien dicho de ámbos modos»; desde 1854 parece haber un impulso normativo: pierde la última letra cuando precede al sustantivo, aunque no siempre, pues se dice el tercer día y el tercero día (1854: 26, 1870: 40, 1883: 48, 1911: 39 y 1917: 25), si bien no se consolida hasta 1973: 244.

  66. De esto se desprende que lo descrito en las ediciones anteriores respondía, en realidad, a un uso ya anticuado.

  67. En 1973: 203 se señala que «se ha usado y se usa en escritos, cartas, decretos emanados de los monarcas o de los altos dignatarios de la Iglesia».

  68. Asimismo, se dice que «se encuentra en textos del Siglo de Oro» y, «entre los escritores modernos, se emplea en estilo arcaizante o con intención humorística» (1973: 382).

  69. El único ejemplo sancionado, desde un principio, de un uso utilizado por los poetas es el que atañe a la falta de concordancia entre sustantivo y adjetivo. Así, se recoge esta incorrección a partir de un verso de Góngora (Desnuda el pecho anda ella), y se explicita que «no hay razon plausible que excuse semejante licencia / tales modismos» (1854: 138 y 1870: 170).

  70. Como razón se atiende, solo en 1854 y 1870, a ser más breve el simple (por ser de menos letras), con el añadido en 1854 de ser «más sonoro y enérgico».

  71. Quienquier ya se recogía desde 1796 como muy poco usado (1796: 82, 1854: 43, 1870: 48, 1883: 59, 1911: 50 y 1917: 33), al igual que el plural quienesquiera (este último desde 1854: 1854: 43, 1870: 48, 1883: 59, 1911: 50 y 1917: 33).

  72. Ya desde 1771 era considerado como poco usual en castellano (1771: 65-66, 1796: 92-93, 1854: 50, 1870: 54-55, 1883: 67, 1911: 65 y 1917: 273).

  73. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, págs. 163-164.

  74. Su consideración en grupo aparte con respecto a los «clásicos» se debe al registro de algún caso en el que los ejemplos responden a autores que no son de los Siglos de Oro (generalmente, de la época medieval, pero también contemporáneos). Recuérdense las observaciones realizadas sobre los criterios de corrección en los prólogos en el apartado §3.3.1 de esta investigación.

  75. Estas incorrecciones se intentan justificar: «(...) hay falta de correccion en las impresiones de sus obras, ó fueron poco exactos en el uso de estas terminaciones, ó que por cuidar alguna vez con demasía del número armonioso de la oracion, sacrificáron las reglas de la gramática á la delicadeza del oído» (1796: 73).

  76. En 1854: 35 se aceptaba este uso en casos de anfibología, para evitar la duda entre dos personas de distinto sexo: «para evitar la anfibología, convendrá emplear la diccion la en dativo». En 1870: 201 todavía se mantiene esta referencia a la anfibología, aunque ya no se recomienda: «para evitar la anfibología, se ha empleado á veces por buenos escritores la diccion la en dativo».

  77. Asimismo, el uso del escritor puede marcar la preferencia por unas formas gramaticales determinadas por encima, incluso, del buen sonido: en el caso del verbo roer, se pasa de la carencia de primera persona del presente de indicativo, por no ser grata al oído, en 1854: 99 y 1870: 120, a aceptarse, desde 1883 hasta 1973, las formas roo, roigo y royo, siendo preferible roo por su aparición en las obras de Rengifo y Peñalver (1883: 153, 1911: 148, 1917: 112 y 1973: 301). Finalmente, en 2009: 224 se sigue priorizando la forma roo, pero se cita como motivo su extensión de uso.

  78. Obsérvese que en este caso se conjugan dos modelos de autoridad: los buenos escritores y el uso actual de la lengua.

  79. Se añaden, asimismo, las ventajas: «convertir en casi regular un verbo que por su arbitraria conjugacion no lo era, y evitar que en alguno de sus tiempos se confunda con el verbo poder» (desde 1854 hasta 1917: 1854: 93, 1870: 112, 1883: 132, 1911: 128 y 1917: 96).

  80. Mercedes Martínez Mezo, «Norma y recomendaciones de uso en las GRAES del siglo xviii», Diacronía, lengua española y lingüística. Actas del IV Congreso Nacional de la Asociación de Jóvenes Investigadores de Historiografía e Historia de la Lengua Española, Madrid, Síntesis, 2006, pág. 722.

  81. En 1973: 390 y en 2009: 2568-2569 se acepta la concordancia del verbo en singular con varios sustantivos que se consideran un todo unitario.

  82. En cambio, en 1771: 246 el criterio era otro: «van antepuestos o pospuestos a los verbos, según lo pide la claridad o la elegancia de la expresión, o según el gusto o arbitrio del que habla cuando el uso es indiferente (me amas/ámasme, te aborrecen/aborrécente)».

  83. En 1883: 257 y 1911: 258 solamente se señala que en las oraciones en que el futuro imperfecto de subjuntivo es el verbo regente pueden trasladarse al presente de indicativo en ciertos casos y al de subjuntivo en otros, sin más especificaciones de uso.

  84. La única edición que se aparta de estos comentarios y sanciona este uso es la de 1854: 41: «algunos escritores usan el singular quien cuando se refiere á un antecedente plural, (…) pero este uso antigramatical no nos parece recomendable». En la última gramática académica (2009: 1578), se recomienda utilizar quienes para el plural, y se da la explicación de la abundancia del empleo erróneo en los textos medievales y clásicos: «la flexión de número de este relativo comenzó a expandirse a mediados del siglo xvi, pero su uso no se generalizó hasta un siglo después».

  85. En este ejemplo puede comprobarse que, con el tiempo, se especifica un uso familiar hasta entonces no registrado como tal.

  86. Con todo, la advertencia de «los que se precian de hablar bien no dicen», refiriéndose a el Pedro y la María, todavía recuerda la norma anterior, que se modifica finalmente en 1911 y 1917, ediciones en las que la presencia del artículo delante de nombre de mujer ya no se censura.

  87. No obstante lo dicho, en el Esbozo y, sobre todo, en la NGLE de 2009, se incrementan considerablemente las referencias al ámbito geográfico de uso de las construcciones. De la última gramática, sociolingüistas como Moreno Fernández certifican la ampliación de los comentarios en materia dialectológica, aunque, por otro lado, critican la imprecisión con que se menciona, muy comúnmente, la geografía lingüística, al utilizar expresiones del tipo «en algunas partes más usados», «muchos países», «algunos países», «varios países», «hablantes de algunas áreas», «algunas regiones», «algunas zonas», etc. (Francisco Moreno Fernández, «La dimensión social de la gramática. A propósito de la Nueva gramática básica de la lengua española», «Cum corde et in nova grammatica». Estudios ofrecidos a Guillermo Rojo, Servicio de Publicaciones de la Universidade de Santiago de Compostela, 2012, pág. 610).

  88. En principio, son construcciones inaceptables por ir en contra de la norma gramatical, pero dicha desaprobación no aparece explícita.

  89. Este uso ya se critica abiertamente desde 1771, pero sin ninguna referencia a las zonas en que se produce (1771: 67-68, 1796: 96, 1854: 51, 1870: 56, 1883: 68, 1911: 66).

  90. Gema Belén Garrido Vílchez, Las Gramáticas de la Real Academia Española: teoría gramatical, sintaxis y subordinación (1854-1924), Tesis Doctoral, Universidad de Salamanca, 2008, 184-185.

  91. En el caso de la NGLE, como señala Bosque, los juicios de valor están más matizados que los que caracterizan a otras gramáticas académicas, de modo que se rechazan expresiones como «afectación pedantesca» o «solecismo plebeyo» recogidas en el Esbozo (1973: 427) (Ignacio Bosque, «La Nueva gramática de la lengua española. Historia del proyecto y características de la obra», en El español en el mundo. Anuario del Instituto Cervantes 2010-2011, Madrid, Instituto Cervantes, 2011, págs. 255-269).

  92. José J. Gómez Asencio, «Los «Vicios de dicción» en las gramáticas académicas (1880-1962)», Caminos actuales de la historiografía lingüística: actas del V Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, vol. 1, Murcia, Universidad de Murcia, 2006, págs. 23-80.

  93. Sobre las cuestiones desarrolladas en el citado capítulo, remitimos al estudio exhaustivo de José J. Gómez Asencio, «Los «Vicios de dicción» en las gramáticas académicas (1880-1962)», Caminos actuales de la historiografía lingüística: actas del V Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, vol. 1, Murcia, Universidad de Murcia, 2006, págs. 23-80. En él se analiza minuciosamente cada uno de los aspectos presentes, así como las posibles diferencias entre los modelos gramaticales de 1880-1916 y 1917-1962.

  94. José J. Gómez Asencio, «Los «Vicios de dicción» en las gramáticas académicas (1880-1962)», Caminos actuales de la historiografía lingüística: actas del V Congreso Internacional de la Sociedad Española de Historiografía Lingüística, vol. 1, Murcia, Universidad de Murcia, 2006, pág. 25.

  95. Vulgarismo: dicho o frase especialmente usada por el vulgo (DRAE, 2014).

  96. Sin embargo, en 1911: 276 y 1917: 289 aparecía el uso del infinitivo para exhortar, mandar, aconsejar o persuadir (¡callar!, ¡obedecer!), sin explicitar su incorrección. Distinta era la postura en 1854: 182, 1870: 243 y 1883: 275: «lo que en tono de ruego, mando, amenaza, etc. dicen: Callar, obedecer, quieren y debieran decir: Callad, obedeced».

  97. Barbarismo: incorrección lingüística que consiste en pronunciar o escribir mal las palabras, o en emplear vocablos impropios (DRAE, 2014).

  98. Solecismo: falta de sintaxis; error cometido contra las normas de algún idioma (DRAE, 2014).

  99. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 173.

  100. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 174.

  101. No hemos encontrado ningún ejemplo en 1973, salvo la sanción de las formas este agua y aquel agua, que «afean la dicción» y pueden contribuir a la confusión del género del nombre (pág. 216).

  102. En la NGLE (2009), una búsqueda por palabras en la aplicación de la web de la RAE (http://aplica.rae.es/grweb/cgi-bin/buscar.cgi) revela que no se documenta ningún ejemplo con «buen/mal sonido», solamente uno con el término «eufonía» y dos con «disonancia» (2009: 1042). Sin embargo, se observa la frecuente recurrencia, desde una perspectiva menos intuitiva y más científica, a razones morfofonológicas.

  103. Dagmar Fries, «Limpia, fija y da esplendor». La Real Academia Española ante el uso de la lengua, Madrid, SGEL-Educación, 1989, pág. 136.